B5201 – V Centenario del Nacimiento de la Reina Isabel I la Católica.

B5201 – V Centenario del Nacimiento de la Reina Isabel I la Católica.

Decreto de Emisión.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LV – Managua, D.N., Lunes 23 de Julio de 1951 – N° 153

N° 1

El Presidente de la República,

Considerando:

Que por voto N° XXIV del VI Congreso de la Unión Postal de las Américas y España celebrado en Madrid, España, en Octubre de 1950 se ha recomendado a los países miembros de la Unión la emisión de un sello o serie de sellos en conmemoración del V Centenario del nacimiento de la Reina de España Isabel Primera, la Católica,

Considerando:

Que la memoria de la Reina Isabel es de especial significación para los pueblos del continente americano por haber dado los medios de realizar el descubrimiento del nuevo mundo,

Considerando:

Que tan egregia figura de la Historia Universal es altamente merecedora del homenaje filatélico sugerido a los pueblos hispanos por el voto del Congreso Postal antes mencionado

Decreta:

Arto. 1. Emítase sellos de correo en homenaje a la memoria de la Reina de España Isabel Primera, La Católica, en el V Centenario de su nacimiento, en las cantidades siguientes:

SELLOS AEREOS En Pliegos de 50 Sellos

Cantidad Denominación Valor Parcial Valor Total
30,000 C$ 2.30 C$ 69,000.00
100,000 C$ 2.80 C$ 280,000.00
100,000 C$ 3.00 C$ 300,000.00
100,000 C$ 3.30 C$ 330,000.00
100,000 C$ 3.60 C$ 360,000.00
C$ 1,339,000.00

SELLOS POSTALES ORDINARIOS En Pliegos de 50 Sellos

Cantidad Denominación Valor Parcial Valor Total
1,000,000 C$ 0.10 C$ 100,000.00
100,000 C$ 0.96 C$ 96,000.00
30,000 C$ 0.98 C$ 29,400.00
100,000 C$ 1.20 C$ 120,000.00
100,000 C$ 1.76 C$ 176,000.00
C$ 521,400.00

Hojas Miniaturas de Souvenir con inscripciones en los márgenes alusivos a la conmemoración:

5,000 hojitas conteniendo la serie de los 5 sellos aéreos en las denominaciones antes indicadas a C$ 15,00 c/u C$ 100,000.00
5,000 hojitas conteniendo la serie de los 5 sellos postales ordinarios en las denominaciones antes indicadas a C$ 5,00 c/u C$ 25,000.00
Valor fiscal de la emisión C$ 1,960,400.00

Asciende el presente Decreto de Emisión a la cantidad de un millón ochocientos diez mil sellos (1,810,000) con valor fiscal de un millón novecientos sesenta mil cuatrocientas córdobas solamente (C$ 1.260, 400.00).

Arto. 2. En sus pormenores y detalles esta emisión se ajustará a las indicaciones de la Oficina de Filatelia.

Arto. 3. Remítase la ejecución del presente Decreto a las regulaciones de la vigente Ley de Especies Postales y Filatelia.

Dado en Managua. D. N, Casa Presidencial, a los seis días del mes de Julio de mil novecientos cincuenta y uno, —Á. SOMOZA. – El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y C. P., Rafael A, Huezo.

Licitación.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LV – Managua, D.N., Jueves 12 de Julio de 1951 – N° 145

Nota: También Publicado en las Gacetas Siguientes:

AÑO LV – Managua, D.N., Viernes 13 de Julio de 1951 – N° 146

AÑO LV – Managua, D.N., Lunes 16 de Julio de 1951 – N° 147

La Oficina Filatélica de Nicaragua, en cumplimiento de la ley, abre a licitación pública la adjudicación de un contrato del Estado para la impresión de un total de Un Millón Ochocientos Díez Mil (1,8l0.000) sellos de correo denominados Homenaje a la Reina Isabel La Católica en el V Centenario de su nacimiento “1451-1951”, conforme a los pormenores y especificaciones siguientes:

Cantidades:

SELLOS AEREOS

En Pliegos de 50 Sellos

30,000 Sellos de C$ 2.30
100,000 “ “ “ 2.80
100,000 “ “ “ 3.00
100,000 “ “ “ 3.30
100,000 “ “ “ 3.60

SELLOS POSTALES ORDINARIOS

En Pliegos de 50 Sellos

1,000,000 Sellos de C$ 0.10
100,000 “ “ “ 0.96
30,000 “ “ “ 0.98
100,000 “ “ “ 1.20
100,000 “ “ “ 1.76

Hojas Miniaturas de Souvenir con inscripciones en los márgenes alusivos a la conmemoración:

5,000 hojitas conteniendo cada una las cinco (5) denominaciones de los sellos aéreos y
5,000 hojitas conteniendo cada una las cinco (5) denominaciones de los sellos ordinarios.

FORMATO

Todos los sellos tendrán la forma de una elíptica asentada en un rectángulo de 32X26 m.m., rectángulo que no tendrá delineamientos definidos y que solo será determinado por la línea imaginaria de la perforación. Las dimensiones indicadas ya incluyen un margen de 2 m.m. por cada uno de sus cuatro lados.

LEYENDAS:

Para los sellos aéreos:

“Nicaragua” <Aéreo› “Homenaje a la Reina Isabel La Católica en el V Centenario de su Nacimiento 1451-1951”; la leyenda correspondiente al diseño ilustrativo de cada sello y la cifra correspondiente a su valor.

Para los sellos ordinarios:

Las mismas indicadas para los sellos aéreos con la excepción de la palabra “Aéreos” que se substituirá por la palabra “Correos”.

Para las hojas miniatura de souvenir:

Fuera de las leyendas propias de los sellos, todas las hojas miniaturas llevarán en sus márgenes la inscripción: “Homenaje a la Reina Isabel La Católica en el V Centenario de su Nacimiento 1451-1951”-República de Nicaragua, América Central.

DISEÑOS

Se aplicarán cinco diseños diferentes en la fabricación de estos sellos o sea uno para cada una de las cinco denominaciones delos sellos aéreos con repeticiones en los cinco sellos ordinarios.

COLORES

Se empleará un solo color para cada uno de los sellos en sus diez diferentes denominaciones.

Perforación

Todos los sellos de la presente emisión, tanto en los pliegos de 50 como de las hojas miniaturas serán perforados en sus cuatro lados con la perforación de calado circular N° 12del odontómetro f1latelico,

METODO DE IMPRESION

Se requiere el proceso de grabado en acero para; la producción de toda la emisión.

Plazo de entrega:

Se da un plazo de noventa (90) días para la impresión y empaque de la especie objeto dela presente licitación. Dentro de dicho término los sellos”, deben encontrarse listos para su embarque a la orden del Gobierno de Nicaragua.

Párrafo de Observaciones.

Esta licitación va dirigida a. firmas impresoras extranjeras especializadas en la producción de estampillas y de reconocida reputación y solvencia, debiendo presentar los impresores interesados los atestados que atestigüen esas calidades de las personas que a nombre de firmas impresoras presenten pliegos de oferta, deberán mostrar de previo a la Oficina de Filatelia de Nicaragua las credenciales que las acrediten como agentes autorizados. Toda cotización debe ser F. O. B.;

La firma cuya oferta resulte favorecida por la presente Licitación rendirá si favor del Estado una fianza del 25% del valor de su cotización, como medio de garantizar la seriedad y consecuencias de la adjudicación del contrato.

Todos los pliegos de oferta quedan sujetos a las prescripciones de los Artos, 12 y 14 de la Ley de Filatelia de Nicaragua, y la plica favorecida a los contenidos en los Artes. 7, 8,13 y 16 inc. c) de la misma ley,

Se advierte que no serán tomadas en consideración las ofertas que no se ciñan a las presentes estipulaciones.

Los pliegos de oferta junto con los muestrarios de los trabajos que en el pasado hayan sido ejecutados por los licitadores, deben depositarse en la Oficina de Filatelia de Nicaragua, adscrita al Ministerio de Hacienda-Palacio Nacional, Managua, D.N., Nicaragua. Esta licitación se cerrará estrictamente el 30 de Julio corriente a las doce (12) meridianas.

Managua, D.N., 7 de Julio de 1951.- (f) Agustín Vanegas P.,

Jefe de la Oficina de Filatelia de Nicaragua.

Es conforme:

-(f) Rafael A. Huezo,

Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.

Contrato de Impresión.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LV – Managua, D.N., Lunes 27 de Agosto de 1951 – N° 179

N° 36

Rafael A. Huezo, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público en representación del Gobierno de Nicaragua, por una parte, y Roger A. May ,Gerente de la firma May Company de esta Capital, en representación de los impresores señores Thomas De La Rue & Co. Ltd. de Londres, Inglaterra, de quienes son Agentes autorizados según credenciales que se han tenido a la vista, por otra, partes contratantes a quienes en el curso de este instrumento, al mencionárseles, se les llamará el “Gobierno” y el “Contratista” respectivamente, convienen en celebrar el siguiente Contrato:

El Contratista se compromete a imprimir en sus propias plantas en Londres, Inglaterra, y por el procedimiento de gravado en acero mediante el empleo de materiales de la más alta calidad, papel especial para estampillas debidamente engomadas y tintas fijas, un total de Un Millón Ochocientos Diez Mil (1,810,000) sellos de correo denominados “Homenaje a la Reina Isabel la Católica en el V Centenario de su Nacimiento”, conforme a los pormenores y especificaciones siguientes:

SELLOS AEREOS

En Pliegos de 50 Sellos

Cantidad Denominación
30,000 C$ 2.30 Plate 1-A- 6 (Escarlata)
100,00 2.80 1-A-12 (Cervato Claro)
100,00 3.00 17-A-12 (Verde Tierno)
100,00 3.30 25-L- 1 (Turquesa)
100,00 3.60 23-L- 1 (Aceituna)

SELLOS ORDINARIOS

En Pliegos de 50 Sellos

1,000,000 C$ 0.10 Plate 50 -A-12 (Escarlata Bajo)
100,000 0.96 33-A-12 (Azul Oscuro)
30,000 0.98 1-L-6 (Rojo Encendido)
100,000 1.20 7-A-12 (Café Bajo)
100,000 1.76 41-L-10 (Violeta)

Sellos Aéreos en Hojas Miniaturas de Souvenir 5,000 hojitas, cada una ostentando los cinco (5) sellos aéreos antes descritos, impresos en sus cinco (5) diferentes colores.

Sellos Ordinarios en Hojas Miniaturas de Souvenir 5.000 hojitas, cada una ostentando los cinco (5) sellos ordinarios antes detallados, impresos en sus cinco (5) diferentes colores.

Las cifras numéricas relativas a los colores corresponden a la clave de identificación de colores dada por el “Dictionary of Color de A. Maerz and M. Rea Paul, editado por Mc Graw Hill Book Company, lnc., 6 & 9 Bouveríe St. E. C. 4, London, Edición l930.

FORMATO.-Todos los sellos tendrán la forma de una elíptica asentada en un rectángulo de 33X26 m.m., rectángulo que no tendrá delineamientos definidos y que solo será determinado por la línea imaginaria de la perforación. Las dimensiones indicadas ya incluyen un margen de 2 m.m. por cada uno de sus cuatro lados.

LEYENDAS.-Para los sellos aéreos.- “Nicaragua” “Aéreo” “Homenaje a la Reina Isabel la Católica en el V Centenario de su Nacimiento 1451- 1952 “; la leyenda correspondiente al diseño ilustrativo de cada Sello y la cifra correspondiente a su valor.

Para los sellos Ordinarios. Las mismas indicadas para los sellos aéreos con la excepción de la palabra “Aéreos” que se substituirá por la palabra “Correos”.

Para las Hojas miniaturas de Souvenir,..- Además de las leyendas propias de los sellos, todas las hojas miniaturas llevarán en sus márgenes la inscripción: “Homenaje a Ia Reina Isabel la Católica en el V Centenario de su Nacimiento 1451- 1951” “Republica de Nicaragua, América Central”.

DISEÑOS. -Se aplicarán cinco (5) diseños diferentes en la fabricación de estos sellos aéreos con repeticiones en los cinco sellos ordinarios. El material gráfico será entregado por la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia de Nicaragua.

PERFORACION. -Los sellos tanto en los pliegos de 50 sellos como en las hojas miniaturas serán perforados en todos sus contornos con una perforación de calado circular;

ENTREGA DEL PEDIDO.-El contratista se compromete a confeccionar los sellos objeto de este Contrato y embarcarlos con destino a Nicaragua dentro de un término de cuatro (4) meses contados de la fecha de la firma del presente Contrato. Oportunamente el Gobierno Indicará la vía por la que los deban ser embarcados.

II

El Contratista se compromete a presentar a la Oficina de filatelia de Nicaragua dos (2) sets o juegos completos de los sellos que han de imprimirse conforme a los términos de este Contrato, debidamente acabados, es decir, que cada estampilla sea un fiel ejemplar de los sellos tal como han de salir a la circulación, con su perforación y engomado correspondiente. Estas pruebas deberán ostentar la palabra “Muestra” o “Spécimen” y servirán para recabar del Ministerio de Hacienda de Nicaragua la aprobación final del trabajo a ejecutarse. El Contratista podrá conservar en sus records uno de estos sets como ejemplar de referencia de la impresión.

III

El Cónsul de Nicaragua en Londres, a nombre y representación del Gobierno de Nicaragua, presenciará tanto la hechura de las placas matrices (diez), cilindros de transferencia (rolls) y las propias planchas de impresión (Printing plates) como la destrucción de esas mismas placas tan pronto como el proceso de impresión se haya concluido. También se deberán incinerar o destruir los pliegos que hayan servido de ensayo, sobrantes de impresión y de todo cuanto detalle se encuentre del proceso, de modo que no quede de la impresión más que la cantidad de sellos legalmente producida. Acta debe ser levantada dejando constancia de estas formalidades, documento que firmarán el Contratista o su delegado y el referido Cónsul. El Contratista queda obligado a remitir al Ministerio de Hacienda-Oficina Filatélica de Nicaragua por la vía aérea y bajo certificado cinco (5) copias autorizadas de esa acta, inmediatamente después de terminada la impresión.

V

El Contratista se obliga a prestar la más estricta vigilancia por la parte que le corresponde para que no se imprima ni un solo sello más igual o parecido a los estipulados en el presente Contrato, asumiendo en caso de falta, les consecuencias previstas en el Art. 16 en sus incisos a) y c) de la referida Ley de Especies Postales y Filatelia de Nicaragua.

VI

El Contratista rendirá inmediatamente una fianza a favor del Gobierno de Nicaragua por la suma de Un Mil Ochocientos Setenta Dólares y 50/100 (US $ 1,870.50), caución que se hará efectiva a favor del Fisco de la República de Nicaragua en el caso manifiesto de que el Contratista no cumpla fielmente con todos y cada uno de los puntos estipulados en este Contrato.

VI

El Gobierno al recibir el pedido, pagará al Contratista la suma de Siete Mil Cuatrocientos Ochentidós Dólares (US $ 7,482 00) que representa el valor del trabajo aquí convenido, F. O. B. Londres. Esta erogación en su equivalente en córdobas será imputada al Tit. VIl, Cap. XVI, lnc. d) del Presupuesto General de Gastos de la República.

Vlll

El Contratista queda exento de responsabilidades que no emanen de él directamente, tales como siniestros de cualquier índole que repercutan gravemente en sus plantas de trabajo, medidas de orden militar que afecten su personal, y cualquier otro caso fortuito de fuerza mayor, accidentes posibles que quedan sujetos a la satisfacción comprobatoria del Gobierno de Nicaragua.

En fe de lo cual, firmamos el presente Contrato en el Libro Matriz del Ministerio de Hacienda de Nicaragua, en la ciudad de Managua, D.N., Palacio Nacional, a los dieciocho días del mes de Agosto de mil novecientos cincuenta y uno.- (f) Raf. A. Huezo.- – (f) R. A. May.

El Presidente de la República,

Acuerda:

Aprobar en todas y cada una de sus partes el Contrato que antecede. Managua, D. N.-Casa Presidencial, a los dieciocho días del mes de Agosto de mil novecientos cincuenta y uno.-A. SOMOZA. – El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público-(f) Raf. A. Huezo

Decreto de Circulación.

Decreto No Encontrado, Matasellos de Primer Día.

Datos de la Serie.

Impresor : Thomas De La Rue & Co. Ltd. Londres.
Técnica Impresión : Grabado en Aero
Sellos por Pliego : 50
Fecha Circulación : 25 de Junio de 1952

Sellos, Motivos y Cantidades por Valor Facial.

Sello Motivos de la Serie Valor Facial Cantidad
Isabel La Católica 0.10 córdobas 1,000,000
Isabel La Católica y Carabelas 0.96 córdobas 100,000
Isabel La Católica 0.98 córdobas 30,000
Isabel La Católica y Mapa de América 1.20 córdobas 100,000
Isabel La Católica 1.76 córdobas 100,000
Isabel La Católica 2.30 córdobas 30,000
Isabel La Católica 2.80 córdobas 100,000
Isabel La Católica 3.00 córdobas 100,000
Isabel La Católica 3.30 córdobas 100,000
Isabel La Católica 3.60 córdobas 100,000
Hojitas conteniendo la serie de los 5 sellos ordinarios. 5.00 córdobas 5,000
Hojitas conteniendo la serie de los 5 sellos aéreos. 15.00 córdobas 5,000

Tipo, Dentado, Dimensiones y Color.

Categoría Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones m.m. Color
Alto Ancho
Correos Sello 0.10 córdobas 12 32 26 Plate 50 -A-12 (Escarlata Bajo)
Correos Sello 0.96 córdobas 12 26 32 Plate 33-A-12 (Azul Oscuro)
Correos Sello 0.98 córdobas 12 32 26 Plate 1-L-6 (Rojo Encendido)
Correos Sello 1.20 córdobas 12 32 26 Plate 7-A-12 (Café Bajo)
Correos Sello 1.76 córdobas 12 32 26 Plate 41-L-10 (Violeta)
Aéreo Sello 2.30 córdobas 12 32 26 Plate 1-A- 6 (Escarlata)
Aéreo Sello 2.80 córdobas 12 32 26 Plate 1-A-12 (Cervato Claro)
Aéreo Sello 3.00 córdobas 12 32 26 Plate 17-A-12 (Verde Tierno)
Aéreo Sello 3.30 córdobas 12 26 32 Plate 25-L- 1 (Turquesa)
Aéreo Sello 3.60 córdobas 12 32 26 Plate 23-L- 1 (Aceituna)
Correos Hoja 5.00 córdobas 12 128 160 Multicolor
Aéreo Hoja 15.00 córdobas 12 128 160 Multicolor

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G. Scott Y & T. W & S. LGN
0.10 C$ 1022 1159 735 754 1067 B520101
0.96 C$ 1023 1160 736 755 1068 B520102
0.98 C$ 1024 1161 737 756 1069 B520103
1.20 C$ 1025 1162 738 757 1070 B520104
1.76 C$ 1026 1163 739 758 1071 B520105
2.30 C$ 1027 1164 C 316 PA 287 1067 – 1071 B520106
2.80 C$ 1028 1165 C 317 PA 288 1072 B520107
3.00 C$ 1029 1166 C 318 PA 289 1073 B520108
3.30 C$ 1030 1167 C 319 PA 290 1074 B520109
3.60 C$ 1031 1168 C 320 PA 291 1075 B520110
5.00 C$ BL 39 MS 1163 A C 321 BF 82 1076 B520111
15.00 C$ BL 40 MS 1168 A C 320 A BF 83 1072 – 1076 B520112