B6303 – Federación Centroamericana de Asociaciones Filatélicas.

B6303 – Federación Centroamericana de Asociaciones Filatélicas.

Decreto de Emisión.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXVI – Managua, D.N., Jueves 13 de Diciembre de 1962 – N° -285

Hacen emisiones de Siete Millones Setenta y Cinco Mil Estampillas

N° 9

El Presidente de la República,

Considerando:

Que actualmente se lleva a cabo en Roma, el Concilio Ecuménico, Vaticano ll, lo que constituye el evento espiritual y religioso de mayor trascendencia histórica en mucho tiempo y cuya realización debe quedar fijada con memoria imperecedera en los anales patrios, dada la firme convicción Católica de nuestro país mediante la confección de un sello que perpetúe su grandiosidad y proyecciones;

Considerando:

Que Nicaragua ha sido invitada por medio de la FAO a participar en la Lucha Mundial Contra el Hambre mediante la Emisión de dos sellos ad-hoc, tal como procederán todos los países del mundo;

Considerando:

Que en el pasado mes de Septiembre del corriente año, se consolidó en Costa Rica la estructuración de la Federación Centro Americana de Asociaciones Filatélicas, hecho que debe quedar fijado positivamente mediante el homenaje de un sello conmemorativo;

Considerando:

Que Nicaragua ha manifestado constantemente su devota dedicación a toda clase de deportes como factor de desarrollo físico y mental y expresión efectiva de su personalidad; actitud que amerita la emisión de varios sellos que expongan dichas múltiples actividades en sus diferentes ramas;

Decreta:

Arto, 1, —Autorizase las siguientes Emisiones para el Año Fiscal 1962-1963:

400,000 -(Cuatrocientas Mil) estampillas con valor cada una de C$ 0.20 y un valor total fiscal de C$ 80.000.00 (Ochenta Mil Córdobas) como homenaje al Concilio Ecuménico Vaticano II.

600,000 (Seiscientas Mil]) estampillas divididas en dos motivos de 300,000 (Trescientas Mil) cada uno, con valores de C$ 0.10 y de C$ 0.25, con un valor fiscal total de C$ 105.000,00 (Ciento Cinco Mil Córdobas). Los dos motivos serán alusivos a la Lucha en contra el Hambre, iniciativa de la FAO.

100,000 (Cien Mil) estampillas en homenaje a la constitución de la Federación Centro Americana de Asociaciones Filatélicas, con valor cada una de C$ 1.00 y un valor total fiscal de C$ 100.000.00 (Cien Mil Córdobas):

7,075,000,000 (Siete Millones Setenta y Cinco Mil) estampillas, conforme el detalle de valores y cantidades para cada tipo de sellos abajo expuestos, y un valor total fiscal de C$ 1,252,500.00 (Un Millón Doscientos Cincuenta y Dos Mil Quinientos Córdobas) para la Emisión de los Deportes, así:

C$ 0.02 1,000,000
C$ 0.03 1,000,000
C$ 0.04 1,000,000
C$ 0.05 1,000,000
C$ 0.06 1,000,000
C$ 0.10 500,000
C$ 0.15 250,000
C$ 0.20 250,000
C$ 0.35 400,000
C$ 0.60 250,000
C$ 1.00 300,000
C$ 2.00 100,000
C$ 5.00 25,000

Art. 2 Todas las estampillas comprendidas en el artículo anterior serán de la designación “Aéreo”, usando en su impresión tinta de dos colores para las tres primeras Emisiones, o sean Concilio. Ecuménico, Campaña Mundial Contra el Hambre, y Federación, y para la cuarta Emisión, o sea Deportes, se usarán hasta cuatro colores, siendo la impresión de todos ellos por cualquiera de los procedimientos que brinden margen de seguridad.

Arto. 3. —Los diseños serán todos motivos alusivos a las respectivas Emisiones y serán suministrados por la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia.

Arto. 4. —Este Decreto comenzará a regir desde su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. – Managua, D.N., a los cinco días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenta y dos.- (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Karl. J. H. Hüeck, Ministro de Hacienda y C.P.

Licitación.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXVII – Managua, D.N., Viernes 22 de Marzo de 1963 – N° -69

La Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, en cumplimiento dela Ley del Ramo y del Decreto Ejecutivo N° 9 de 5 de Noviembre del año en curso, abre a Licitación Pública la adjudicación de dos Contratos que bien pueden lograrlos una misma firma impresora, o bien dos firmas diferentes para los dos grupos de emisiones que adelante se detallan, en la impresión de sellos postales conforme las siguientes especificaciones que comprenden, para el Primer Grupo, las Emisiones: “Concilio Ecuménico Vaticano lI”; “Lucha Mundial contra el Hambre” y “Federación Centro Americana de Asociaciones Filatélicas”; y para el Segundo Grupo “Emisión de los Deportes”.

Primer Grupo
Aéreo
Cantidad Valor Diseños
400,000 C$ 0.20 Este diseño y los demás del as otras Emisiones comprendidas en la presente Licitación, serán suministrados por la Oficina Filatélica, debiendo los interesados pasar a dicha Oficina para la información correspondiente, y pudiendo ser facilitados para que se tomen impresiones de los mismos.
Aéreo
300,000 C$ 0.10
300,000 0.15
Aéreo
100,000 C$ 1.00
Segundo Grupo
1,000,000 C$ 0.02
1,000,000 0.03
1,000,000 0.04
1,000,000 0.05
1,000,000 0.06
500,000 0.10
250,000 0.15
250,000 0.20
400,000 0.35
250,000 0.60
300,000 1.00
100,000 2.00
25,000 5.00

Todos los sellos de las cuatro emisiones anteriores tendrán las dimensiones de 40X30 m.m. incluyendo los márgenes del contorno a razón de 2 m.m. por lado, usándose la perforación 12 ½ del Odontómetro Filatélico, pudiendo ser impreso por cualquiera de los procedimientos que brinden adecuado margen de seguridad, a dos colores para las tres primeras emisiones o sean Concilio Ecuménico, Campaña Mundial contra el Hambre y Federación y para la cuarta emisión, o sea Deportes, se usarán hasta cuatro colores.

Las casas impresoras al presentar sus pliegos de ofertas, darán precios y procedimientos de impresión en los mismos. La aceptación de colores queda al juicio de la Oficina Filatélica.

Los sellos serán presentados en pliegos de 50 sellos cada uno, perforados en sus contornos, debiendo usarse papel engomado para el trópico y tintas fijas, todo de la más alta calidad.

Los diseños y leyendas, como se dijo arriba, serán suministrados por la Oficina Filatélica, en su oportunidad, quien está pronta para ofrecer cualquier información adicional.

Observaciones.-Esta Licitación va dirigida a las firmas impresoras especializadas que están acreditadas ante la Oficina Filatélica, y que gozan de reconocida solvencia y reputación, pudiendo las mismas presentar varias ofertas si pudieran efectuar la impresión de los sellos por varios métodos.

La cotización debe ser F.O.B. y los pedidos deberán estar listos de embarque dentro de los 90 días subsiguientes a las firmas de los Contratos y el Gobierno se reserva la facultad de decir si los mismos serán despachados vía aérea o marítima.

La firma cuya oferta u ofertas resultare favorecida por la presente Licitación rendirá fianza a favor del Fisco o Hacienda Pública por el 25% del valor del Contrato o Contratos, como garantía del cumplimiento de los mismos.

Todos los pliegos de ofertas quedan sujetos a las prescripciones de los Artos. 12 y 14 de la Ley Filatélica de Nicaragua y la plica o plicas favorecidas, a las contenidas en los Artos. 7, 8 y 15 lnc. c) dela misma Ley.

Se advierte que no serán tomadas en consideración tas ofertas que no se ciñan a las presentes estipulaciones.

Las plicas o pliegos de ofertas deben entregarse a la Oficina de Control de Especies Postales y Filatélica, Palacio de Comunicaciones, en sobres cerrados debidamente dentro de un término que vencerá el 4 de Febrero de 1963.

Managua, D.N., 18 de Diciembre de 1962.

Enrique Marín Ubago,

Director de la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia.

Vo. Bo.

Karl J.C.H. Hüeck

Ministro de Hacienda y C. P.

Contrato de Impresión.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXVII – Managua, D.N., Martes 25 de Junio de 1963 – N° 141

N° 89

Karl J.C.H. Hüeck Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda. Y Crédito Público en representación del Gobierno de Nicaragua. por una parte, y César Augusto Lacayo, como Representante autorizado de los señores Kyoei-Trading Co. Ltd., de Tokio, Japón; cuya firma fue favorecida con las licitaciones de las Emisiones: “Concilio Ecuménico Vaticano II”, “Lucha Mundial contra el Hambre”, “Federación Centroamericana de Asociaciones Filatélicas” y “Deportes” , otorgadas el miércoles 13 del corriente mes, por otra parte, a quienes en el curso de este instrumento se les llamará “El Gobierno” y “EI Contratista”, convienen en celebrar el siguiente Contrato;

I

El Contratista se compromete a imprimir en las propias plantas de sus Representados la cantidad de Ocho Millones Ciento Setenta y Cinco Mil Estampillás (8,175,000) en total para las cuatro emisiones que abajo sé detallan, todo en cumplimiento de la Ley del Ramo y del Decreto Ejecutivo N° 9 de fecha 5 de Noviembre de 1962, así

“Concilio Ecuménico Vaticano II”,
Aéreo
Cantidad Valor Diseños
400,000 C$ 0.20 Este diseño y los demás de las otras Emisiones comprendidas en la presente Licitación, serán suministrados por la Oficina Filatélica, debiendo los interesados pasar a dicha Oficina para la información correspondiente, y pudiendo ser facilitados para que se tomen impresiones de los mismos.
“Lucha Mundial contra el Hambre”
Aéreo
300,000 C$ 0.10
300,000 0.15
“Federación Centroamericana de Asociaciones Filatélicas”
Aéreo
100,000 C$ 1.00
“Deportes”
Aéreo
1,000,000 C$ 0.02
1,000,000 0.03
1,000,000 0.04
1,000,000 0.05
1,000,000 0.06
500,000 0.10
250,000 0.15
250,000 0.20
400,000 0.35
250,000 0.60
300,000 1.00
100,000 2.00
25,000 5.00

Todos los sellos comprendidos en las cuatro Emisiones anteriores tendrán una dimensión de 40×30 m.m. incluyendo los márgenes del contorno a razón de 2 m.m. por lado, usándose la perforación del 12 ½ del Odontómetro Filatélico, siendo el sistema de impresión para dichas Emisiones el de lntaglio (Etched), a dos colores para las tres primeras Emisiones y hasta cuatro colores para la última Emisión o sea Deportes.

Como se dijo antes, los motivos o diseños para las Emisiones serán suministrados por la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, los que deberán ser corregidos y mejorados, en lo posible, por la Casa impresora en cuanto al mejor arreglo y presentación artística de los sellos, debiendo presentar a la misma oficina las muestras convenientes para su final aprobación; quien también señalará los tipos de colores a usar, o sea a selección y criterio del Gobierno. Los sellos para las cuatro Emisiones estarán contenidos en hojas o pliegos de 50 sellos cada uno, perforados en todos sus contornos, intercalando entre hoja y hoja un pliego de papel parafinado, usándose para la impresión de dichos sellos papel blanco especial sin contenido de pulpas de madera, de primera calidad, engomado, por el sistema tropicalizado, de conformidad con las seguridades ofrecidas por la Casa impresora. Los sellos deberán venir en paquetes de Quinientos pliegos cada uno. Las tintas serán fijas, todo de la mejor calidad, advirtiendo que en cada uno de los diseños de la Emisión de los, Deportes deberán aparecer los cinco anillos o círculos Olímpicos en vez de la Cruz Roja que tienen los diseños originales que suministrará la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia.

II

El Contratista se obliga a tener listos de entrega todos los sellos objeto de este Contrato a una fecha de 90 días subsiguientes a la firma del mismo, ya una vez recibidas y aprobadas las pruebas por la oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, con la debida autorización de impresión, en el puerto de Embarque de Yokohama, Japón, F.O.B., libre de Derechos Consulares por ser mercadería del Gobierno empacadas en cajas para el transporte marítimo con las debidas precauciones a fin de recibir el producto en perfectas condiciones. El pago del flete marítimo así como el Seguro correspondiente serán por cuenta del Gobierno, quien también indicará el orden de preferencia para su impresión o sea cual o cuales Emisiones deben ser impresas primero, por su orden.

III

El Contratista se obliga a ejercer estricta vigilancia y cuidado para que no se imprima ni un sello más; igual o parecido, a los que son objeto del presente Contrato, asumiendo en caso de falta las responsabilidades previstas en el Arto. 16, Inc. c) de la Ley de Especies Postales de la República de Nicaragua.

Asimismo el Contratista queda impuesto que ninguna modificación o alteración a los términos de este Contrato que ampara las cuatro Emisiones podrá variarse de ninguna manera si no es con la previa aprobación y la firma del Gobierno de Nicaragua por medio de una adición al presente Contrato. El Gobierno de Nicaragua por medio del Ministerio de Hacienda es el único autorizado para suscribir cuanto se relacione con lo esencial o fondo de las dichas Emisiones

IV

El Contratista para garantizar los términos del presente Contrato rendirá una fianza a favor del Gobierno o Hacienda Pública de Nicaragua por la suma de Tres Mil Seiscientos Quince Dólares y Ochentiocho Centavos (US $ 3,615.88), en moneda de los Estados Unidos de América, que representa el 25% sobre el valor total de las cuatro Emisiones de conformidad con el detalle a que se refiere el Inciso sub siguiente N° Vl de este Contrato, y que se hará efectivo en el caso de que el Contratista no cumpliere fielmente con todas y cada una de las cláusulas del mismo, remitiéndose a la Ley de Caución de Nicaragua.

V

Ambas partes convienen en la total, destrucción de las matrices, planchas de impresión, pliegos de ensayo y cualquier sobrante de Emisión con fallas técnicas o de otras clases, que deberán ser destruidas en presencia del Cónsul de Nicaragua en Tokio, Japón, y quien una vez finalizado el trabajo, en su carácter de Representante de Nicaragua y en unión del Contratista suscribirá el Acta correspondiente, Cinco tantos de esta Acta serán enviados al Ministerio de Hacienda República de Nicaragua.

VI

El Gobierno al recibir a su entera satisfacción todos los sellos postales objeto del presente Contrato pagará al Contratista las sumas siguientes: Por las tres primeras Emisiones la suma de Dos Mil Doscientos Once Dólares (US $ 2,211.00) cantidad’ que resulta de la suma de los valores dados para las Emisiones “Concilio Ecuménico Vaticano II”, “Lucha Mundial contra el Hambre” y “Federación Centroamericana de Asociaciones Filatélicas” y que ascienden a Dos Mil Cuatrocientos Noventitres Dólares (US $ 2,493.00) de los que se deducen Doscientos Ochentidos Dólares (US $ 282.00) como descuento ofrecido por el Contratista en su Nota de Precios correspondiente. Y por la cuarta Emisión o sea la de los “Deportes” la suma de Doce Mil Doscientos, Clncuentidos Dólares y Cincuenta Centavos (US $ 12,252.50), dando todo un gran total de Catorce Mil Cuatrocientos Sesentitrés Dólares Cincuenta Centavos (US $ 14,463.00).Todo lo anterior es entendido que es moneda de los Estados Unidos de América valor del trabajo de las cuatro Emisiones excluyendo el Seguro Marítimo y transporte según cotización de la oferta presentada por el Contratista favorecido en el acto de apertura de los pliegos. Esta erogación en su equivalente en moneda nacional se imputará a la Partida 0704-2892 – Servicios Impersonales; 01 Impresiones y Encuadernaciones.

En te de lo cual firmamos el presente Contrato en el Libro Matriz del Ministerio de Hacienda, en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, Palacio Nacional, a los cuatro días de mes de Marzo de mil novecientos sesenta y tres.-(f) Karl J.C.H. Hüeck, Ministro de Hacienda y C. P.-(f) César Augusto Lacayo.

El Presidente de la República,

Acuerda:

Aprobar en todas y cada una de sus partes el Contrato que antecede.

Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D.N., Marzo 4/63.- (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Karl J.C.H. Hüeck, Ministro de Hacienda y C. P.

Contrato de Impresión–Ampliación Presupuesto.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXVII – Managua, D.N., Martes 24 de Octubre de 1963 – N° 243

Contrato con Casa Japonesa para Imprimir Cuatro Millones de Sellos Postales

N° 19

El Presidente de la República,

De conformidad con el artículo 63 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes:

Considerando:

Que en la emisión de sellos postales y filatélica es indispensable efectuar con anticipación la reservación de los fondos destinados al pago de impresión de los mismos.

Considerando:

Que el Gobierno ha celebrado Contrato con la Casa impresora Kyoei Trading Co., de Tokyo, Japón, para la impresión de Cuatro Emisiones de Sellos Postales y Filatélicos, con los siguientes motivos: “Concilio Ecuménico Vaticano ll”, “Lucha Mundial contra el Hambre”, “Federación Centroamericana Asociaciones Filatélica”, y “Deportes”,

Considerando:

Que la producción del rubro señalado anteriormente, sobrepasa lo estimado en el Presupuesto General de ingresos y Egresos vigente, y que se hace necesaria la reservación de los fondos para el debido registro del Permiso de Importación,

Acuerda:

Único: Ampliase en el Presupuesto General de Gastos vigente, la Partida 0704-2862-Servicios impersonales, 01, impresiones y Encuadernaciones, en la suma de Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Ocho Córdobas netos (C$ 64,508.00), para la reservación del pedido mencionado y posterior cancelación del Contrato.

Comuníquese. – Casa Presidencial.-Managua, D.N., a los quince días del mes de Agosto de mil novecientos sesenta y tres.-(f)RENE SCHICK, Presidente de la República.-( f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Decreto de Circulación.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXVII – Managua, D.N., Lunes 29 de Julio de 1963 – N° 170

Los días 2 y 6 de Agosto próximo se inician circulación de emisiones filatélicas

N° 1

El Presidente de la República,

Decreta:

Arto. 1. – Señalase el día 2 de Agosto próximo del año en curso como fecha de Primer Día de la circulación de la Emisión Federación Centroamericana de Asociaciones Filatélicas.

Arto. 2.-Señálase el día 6 de Agosto venidero de este propio año con el mismo fin respecto a las Emisiones Concilio Ecuménico Vaticano II y Lucha Mundial Contra el Hambre.

Arto. 3.-Publiquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. ·- Managua, D.N., a los veinticuatro días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y tres.- (f) RENE SCHICK, Presidente de la República. -(f) Gustavo A. Guerrero, Viceministro de Hacienda y Crédito Público.

Datos de los Sellos

Impresor : Dai Nippon Printing Co. Japón.
Técnica Impresión : lntaglio (Etched)
Sellos por Pliego : 50
Fecha Circulación : 2 de Agosto de 1963

Sellos, Motivos y Cantidades por Valor Facial.

Sello Motivos de la Serie Valor Facial Cantidad
Mapa de Centroamérica 1.00 córdobas 100.000

Tipo, Dentado, Dimensiones y Color.

Categoría Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones m.m. Color
Alto Ancho
Aéreo Sello 1.00 córdobas 12 ½ 40 30 Amarillo | Azul

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
1.00 C$ 1331 1481 C 519 PA 492 1377 B630301