B5802 – XVII Convención de Lyon´s International de Centroamérica.

B5802 – XVII Convención de Lyon´s International de Centroamérica.

Decreto de Emisión.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXI – Managua, D.N., Viernes 15 de Noviembre de 1957 – N° 260

N° 13

El Presidente de la República,

Considerando:

Que la organización mundial Lyon’s International desde su fundación ha tenido una actuación destacada en las actividades sociales y humanitarias del mundo etc. Que en vista de la anterior consideración los Clubes de Leones se han hecho merecedores al reconocimiento y homenaje del Gobierno, el que se les tributará por medio de una Emisión Postal.

Por Tanto

Decreta:

Arto. 1°.- Autorizase para el Año fiscal 1957/1958.una Emisión Postal Conmemorativa de la Gran Convención Leonistica del Distrito ltsmania que tendrá lugar el 8 de Mayo de 1958, que será un homenaje a Lyon’s lnternational.

Arto. 2°.-La Emisión constará de sellos ordinarios y aéreos con un total de Un Millón Ochocientos Cuarenta Mil (1,840.000) sellos postales que tendrán un valor fiscal de Seiscientos Ochenta Mil Quinientos Córdobas (C$ 680,500.00), conforme el siguiente detalle:

Para el Servicio Postal Ordinario

Cantidad Valor Diseño
400,000 C$ 0.05 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
400,000 C$ 0.10
200,000 C$ 0.20
30,000 C$ 0.50
30,000 C$ 0.75
20,000 C$ 1.50

Para el Servicio Postal Aéreo

400,000 C$ 0.30 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
30,000 C$ 0.60
30,000 C$ 0.90
20,000 C$ 1.25
20,000 C$ 2.00
20,000 C$ 3.00
20,000 Hojas Miniatura con los valores Ordinarios de 0.05, 0.10, 0.20, 0,50, 0.75 y 1.50
20,000 Hojas Miniatura con los valores Aéreos de 0.30, 0 60, 0.90, 1.25, 2.00 y 3.00

Arto. 3°.-Se autoriza para la impresión de estos sellos los sistemas Helio Grabado, Hueco Grado, Grabado en Acero o Litografía Offset, Llenándose de previo los trámites de Licitación, etc., que señala la Ley de la materia.

Arto. 4°.- El presente Decreto’ entrará en vigor desde su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial.-Managua, D.N., a los ocho días del mes de Noviembre de mil novecientos cincuenta y siete. -(f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Karl J.C.H. Hüeck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.

Decreto de Emisión I.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXII – Managua, D.N., Viernes 16 de Mayo de 1958 – N° 107

N° 30

El Presidente de la República,

En uso de sus facultades:

Decreta:

Único: Reformase, con efectividad a partir de la fecha de publicación de este Decreto en La Gaceta., Diario Oficial, el Arto.2° del Decreto N° 13 de 8 de Noviembre de 1957, por el cual se autorizó una Emisión de Sellos Postales conmemorativos de la Gran Convención Leonistica del Distrito “D´lstmania. Dicho Artículo se deberá leer como sigue:

Arto. 2°.La emisión constará de sellos ordinarios y aéreos con un total de dos millones ochocientos treinta mil (2.830,000) sellos postales que tendrán un valor fiscal de Un Millón Cuatrocientos Sesenta y Dos Mil Quinientos Córdobas (C$ 1.462,500.00) conforme el siguiente detalle:

Para el Servicio Postal Ordinario

Cantidad Valor Diseño
500,000 C$ 0.05 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
500,000 C$ 0.10
250,000 C$ 0.20
60,000 C$ 0.50
60,000 C$ 0.75
60,000 C$ 1.50

Para el Servicio Postal Aéreo

600,000 C$ 0.30 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
60,000 C$ 0.60
60,000 C$ 0.90
60,000 C$ 1.25
60,000 C$ 2.00
60,000 C$ 3.00
50,000 Hojas Miniatura con los valores Ordinarios de 0.05, 0.10, 0.20, 0,50, 0.75 y 1.50.
50,000 Hojas Miniatura con los valores Aéreos de 0.30, 0 60, 0.90, 1.25, 2.00 y 3.0.

Dado en Casa Presidencial.-Managua, D.N., a los dieciséis días del mes de Mayo de mil novecientos cincuenta y Ocho. -(f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) J.J. Lugo Marenco, Vice- Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.

 

Licitación.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXI – Managua, D.N., Lunes 18 de Noviembre de 1957 – N° 262

LICITACION

La Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, en cumplimiento de la Ley del Ramo y del Decreto Ejecutivo N°, 13 de Noviembre 8/57 abre a Licitación pública la adjudicación de un Contrato con el Gobierno de Nicaragua para la impresión de Un Millón Ochocientos Cuarenta Mil (1,840,000) sellos postales, conforme a las especificaciones siguientes:

Convención Leonistica del Distrito lstmania.

Clase Cantidad Valor Diseño
AÉREOS 400,000 C$ 0.05 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
400,000 0.10
200,000 0.20
30,000 0.50
30,000 0.75
20,000 1.50
ORDINARIOS 400,000 0.30 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
30,000 0.60
30,000 0.90
20,000 1.25
20,000 2.00
20,000 3.00
20,000 Hojas Miniatura con los valores Ordinarios de 0.05, 0.10, 0.20, 0,50, 0.75 y 1.50.
20,000 Hojas Miniatura con los valores Aéreos de 0.30, 0 60, 0.90, 1.25, 2.00 y 3.00.

Todos los sellos tendrán las dimensiones de 40×30 m.m. incluyendo los márgenes del contorno a razón de 2 m.m. por lado. La impresión será por los procedimientos de grabado al sistema “Helio Grabado”, Hueco Grabado, Grabado en Acero o al sistema Off-Set a (3) colores cuya selección quedará a criterio del Contratista previa aprobación de la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia. Se usará papel especial para estampillas con engomado para el trópico y tintas fijas, todo de la mejor calidad. Los sellos sueltos serán en pliegos de cincuenta sellos cada uno, perforados en todos sus contornos a la medida de 14 ½ del Odontómetro filatélico.

Todo el pedido deberá estar listo de embarque dentro de los 90 días subsiguientes a la firma del Contrato correspondiente.

Los diseños y leyendas de los sellos en su oportunidad serán suministrados por la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, a la firma que resulte favorecida por la presente Licitación.

OBSERVACIONES: Esta Licitación va dirigida a firmas impresoras extranjeras especializadas en ia producción de estampillas y de reconocida reputación y solvencia debiendo presentar las casas participantes los atestados que ameriten sus condiciones.

Las personas que a nombre de firmas impresoras presenten pliegos de ofertas, deberán entregar de previo a la Oficina Filatélica, las credenciales que las acrediten como Agentes Autorizados. La cotización debe ser F.O.B.

La firma cuya oferta resulte favorecida por la presente Licitación, rendirá Fianza a favor del Fisco o Hacienda Pública por el 25% del valor del Contrato como medio de garantizar el cumplimiento del mismo.

Todos los pliegos de oferta quedan sujetos a las prescripciones de los Artos. 12 y 14 de la Ley Filatélica de Nicaragua, y la plica favorecida a las contenidas en los Artos: 7, 8 y 15 inc. c) de la misma Ley.

Se advierte que no serán tomadas en consideración las ofertas que no se ciñan a las presentes estipulaciones.

Las plicas o pliegos de oferta deben entregarse a la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, Palacio Nacional, Managua, D. Ni, en sobres cerrados y lacrados dentro de un término que vencerá el día 30 de Noviembre a las 12 meridianas.

Managua, D.N., 8 de Noviembre de 1957.

Adolfo Altamirano Browne,

Director de la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia.

Vo. Bo.

Karl J. C. Hüeck,

Ministro de Hacienda y C. P.

Contrato de Impresión.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXII – Managua, D.N., Lunes 6 de Enero de 1958 – N° 4

N° 124

Karl J.C.H. Hüeck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, en representación del Gobierno de Nicaragua, por una parte, y May Company Ltd., como Agente Autorizado de la firma impresora Thomas De la Rue & Co. Ltd., Londres, Inglaterra, según las credenciales que se han tenido a la vista, por otra, partes contratantes a quienes en el curso de este instrumento al mencionárseles se les llamará “El Gobierno y “EI Contratista”, respectivamente, convienen en celebrar el siguiente Contrato:

El Contratista se compromete a imprimir en sus propias plantas de Londres, Inglaterra, la cantidad de Un Millón Ochocientos Cuarenta Mil (1,840,000) sellos postales, conforme a las especificaciones siguientes:

SELLOS AEREOS
Cantidad Valor Color Diseño
400,000 C$ 0.05 Tres Color Dif. 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
400,000 0.10 “ “ “
200,000 0.20 “ “ “
30,000 0.50 “ “ “
30,000 0.75 “ “ “
20,000 1.50 “ “ “
ORDINARIOS “ “ “
400,000 0.30 “ “ “ 6 fotos y Dibujos Lyon’s lnternational
30,000 0.60 “ “ “
30,000 0.90 “ “ “
20,000 1.25 “ “ “
20,000 2.00 “ “ “
20,000 3.00 “ “ “

La aplicación de los tres (3) colores diferentes en cada valor, quedará al juicio y criterio técnico de los impresores; los dibujos y fotografías que servirán para ilustrar estas estampillas serán suministrados por la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, los que deberán ser corregidos y mejorados por la casa impresora, a cuyo cargo se deja el mejor arreglo y presentación artística de estos sellos, debiendo si presentar prueba del trabajo a la Oficina de Control de Especies postales y Filatelia, para su final aprobación.

Las dimensiones de los sellos serán de 40X30 m.m. incluyendo los márgenes del contorno a razón de 2 m.m. por cada lado. Se usará para su perforación la número 14 ¼ del odontómetro filatélico para todos sus contornos. La impresión será por medio del procedimiento Off-Set. Litografía, en pliegos de 50 sellos cada uno, numerados en orden correlativo e intercalando entre plana y plana una hoja de papel muselina. Se usará papel especial para estampillas con engomado especial para el trópico, y tintas fijas, todo de la mejor calidad. Las leyendas básicas que ostentarán los sellos, serán: Para los valores Aéreos: “Nicaragua” “Aéreo”. La cifra correspondiente a su valor y homenaje a Lion’s International. Para los valores ordinarios: Las mismas leyendas de los valores aéreos, con excepción de la palabra “Aéreo” la que será sustituida por la palabra “Correos”.

Il

El Contratista se compromete a tener listo de embarque todos los sellos objeto del presente contrato en el puerto de Londres, Inglaterra, dentro de los 90 días subsiguiente a la fecha de la firma del presente Contrato, siendo la preparación del embalaje en cajas de madera con forro de zinc para su debida protección.

III

El Contratista se obliga a prestar la más estricta vigilancia por la parte que le corresponde a fin de que no se imprima ni un solo sello más, igual o parecido a los que son objeto del presente Contrato, asumiendo en caso de falta las responsabilidades previstas en el Art. 16, inc a) y c) de la Ley de Especies Postales y Filatelia de la República de Nicaragua.

lV

El Contratista, para garantizar al Fisco los términos del presente Contrato, rendirá una fianza a favor del Gobierno, Fisco o Hacienda Pública de Nicaragua por la suma de Un Mil Setecientos Cincuenta y Dos Dólares y No/100(US $ 1,752.00), moneda de los Estados Unidos de Norte América, que representa el 25% sobre el valor total de este Contrato y que será efectivo en el caso de que el Contratista no cumpliera fielmente con todas y cada una de las cláusulas de este Contrato, remitiéndose a la Ley de Caución de Nicaragua.

V

El Contratista queda exento de responsabilidad ante obstáculos insalvables que se opongan al cumplimiento del Contrato y que no dependan directamente de él mismo, tales como siniestros de cualquier índole que gravemente repercutan en sus plantas de trabajo, o casos fortuitos o de fuerza mayor, accidentes posibles que de llegar a suceder quedarán sujetos a la satisfactoria comprobación del Gobierno.

VI

Ambas partes convienen en que todo el proceso de impresión, así como la destrucción de las matrices, planchas de impresión, pliegos de ensayos y cualquier sobrante de emisión, deberá ser supervigilado por el Cónsul de Nicaragua en Londres, Inglaterra, quien una vez finalizado el trabajo, él en su carácter de Representante de Nicaragua, en unión del Contratista, suscribirán el acta correspondiente. Cinco (5) tantos de esta acta serán enviados al Ministerio de Hacienda, República de Nicaragua.

Vll

El Gobierno al recibir a su entera satisfacción todos los sellos postales objeto del presente Contrato, pagará al Contratista la suma de Siete Mil Ocho dólares y no 100 (US $ 7.008,00), moneda de los Estados Unidos de Norte América, valor del trabajo, según su cotización F.O.B. Londres, Inglaterra. Esta erogación en su equivalente en moneda nacional se imputará a la División Administrativa 0704, Partida 2802, correspondiente al Presupuesto General de ingresos y Egresos de 1957-8958.

En fe de lo cual firmamos el presente Contrato en el Libro Matriz del Ministerio de Hacienda de Nicaragua, en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a los diez días del mes de Diciembre de mi novecientos cincuenta y siete.-(f)Karl J.C.H. Hüeck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público._-(f)May Company Ltd., Contratista. –

El Presidente dela República,

Acuerda:

Aprobar en todas y cada una de sus partes el Contrato que antecede Comuníquese.-Casa Presidencial, Managua, D.N., Diciembre 10/51.-LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República-(f) Karl J.C.H. Hüeck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.

Decreto de Circulación.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXII – Managua, D.N., Lunes 19 de Mayo de 1958 – N° 109

N° 31

El Presidente de la República, en uso de sus facultades,

Decreta:

1°.- Emítanse a partir del día de hoy la cantidad de Dos Millones Ochocientos Treinta Mil (2,830.000) sellos postales aéreos ordinarios, con un valor fiscal de Un Millón Cuatrocientos Sesenta y Dos Mil Trescientos Córdobas (C$ 1.462,300.00), conmemorativos de la Gran Convención Leonistica del Distrito “D´lstmania, según el siguiente detalle:

Cantidad Valor Diseño Color
500,000 C$ 0.05 Escudos de las Repúblicas Centroamericanas Celeste
500,000 C$ 0.10 Melvin Jones. Fundador Lion’s International Amarillo Anaranjado
250,000 C$ 0.20 Dr. Teodoro A. Arias. Gobernador Distrito de lstmania Olivo
60,000 C$ 0.50 Edward G. Barry. Presidente de Lion’s International Rojo Purpura
60,000 C$ 0.75 Lemas Leonisticos Lila Rosado
60,000 C$ 1.50 Mapa del Istmo Verde Olivo
500,000 C$ 0.30 Dr. Teodoro A. Arias. Gobernador Distrito de lstmania Amarillo Naranja
60,000 C$ 0.60 Escudos de las Repúblicas Centroamericanas Lila Rosado
60,000 C$ 0.90 Edward G. Barry. Presidente de Lion’s International Azul Plomo
60,000 C$ 1.25 Melvin Jones. Fundador Lion’s International Amarillo Aceituna
60,000 C$ 2.00 Lemas Leonisticos Verde Gris
60,000 C$ 3.00 Mapa del Istmo Rojo Purpura
50,000 C$ 3.10 Hoja Miniatura con Sellos Correos de (0.05,0.10,0.20,0.50,0.75,y 1.50)
50,000 C$ 8.05 Hoja Miniatura con Sellos Aéreos de (0.30,0.60,0.90,1.25,2.00 y 3.00)

2°.- El presente Decreto entrará en vigor hoy mismo; deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial y se promulgará por medio de edictos colocados en lugares notorios de la Oficina Filatélica y del Palacio de Comunicaciones de esta Capital.

Dado en Casa Presidencial, Managua, D., N., a los dieciséis días del mes de Mayo de mil novecientos cincuenta y ocho.- (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. -(f) Karl J.C.H. Hüeck, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

 

Datos de la Serie.

Impresor : Thomas De La Rue & Co. Ltd. Londres.
Técnica Impresión : Litografía Offset
Sellos por Pliego : 50
Fecha Circulacion: 16 de Mayo de 1958

Sellos, Motivos y Cantidades por Valor Facial.

Sello Motivos de la Serie Valor Facial Cantidad
Escudos de las Repúblicas Centroamericanas 0.05 córdobas 500,000
Melvin Jones. Fundador Lion’s International 0.10 córdobas 500,000
Dr. Teodoro A. Arias. Gobernador Distrito de lstmania 0.20 córdobas 250,000
Edward G. Barry. Presidente de Lion’s International 0.50 córdobas 60,000
Lemas Leonisticos 0.75 córdobas 60,000
Mapa del Istmo 1.50 córdobas 60,000
Dr. Teodoro A. Arias. Gobernador Distrito de lstmania 0.30 córdobas 500,000
Escudos de las Repúblicas Centroamericanas 0.60 córdobas 60,000
Edward G. Barry. Presidente de Lion’s International 0.90 córdobas 60,000
Melvin Jones. Fundador Lion’s International 1.25 córdobas 60,000
Lemas Leonisticos 2.00 córdobas 60,000
Mapa del Istmo 3.00 córdobas 60,000
Hoja Miniatura con Sellos Correos de (0.05,0.10,0.20,0.50,0.75,y 1.50) 3.10 córdobas 50,000
Hoja Miniatura con Sellos Aéreos de (0.30,0.60,0.90,1.25,2.00 y 3.00) 8.05 córdobas 50,000

Tipo, Dentado, Dimensiones y Color.

Categoría Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones m.m. Color
Alto Ancho
Correos Sello 0.05 córdobas 14 ¼ 30 40 Celeste
Correos Sello 0.10 córdobas 14 ¼ 30 40 Amarillo Anaranjado
Correos Sello 0.20 córdobas 14 ¼ 30 40 Olivo
Correos Sello 0.50 córdobas 14 ¼ 30 40 Rojo Purpura
Correos Sello 0.75 córdobas 14 ¼ 30 40 Lila Rosado
Correos Sello 1.50 córdobas 14 ¼ 30 40 Verde Olivo
Aéreo Sello 0.30 córdobas 14 ¼ 30 40 Amarillo Naranja
Aéreo Sello 0.60 córdobas 14 ¼ 30 40 Lila Rosado
Aéreo Sello 0.90 córdobas 14 ¼ 30 40 Azul Plomo
Aéreo Sello 1.25 córdobas 14 ¼ 30 40 Amarillo Aceituna
Aéreo Sello 2.00 córdobas 14 ¼ 30 40 Verde Gris
Aéreo Sello 3.00 córdobas 14 ¼ 30 40 Rojo Purpura
Correos Hoja 3.10 córdobas 14 ¼ 90 157 Multicolor
Aéreo Hoja 8.05 córdobas 14 ¼ 90 157 Multicolor

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
0.05 C$ 1181 1318 800 819 1226 B580201
0.10 C$ 1182 1319 801 820 1227 B580202
0.20 C$ 1183 1320 802 821 1228 B580203
0.50 C$ 1183 1321 803 822 1229 B580204
0.75 C$ 1185 1322 804 823 1230 B580205
1.50 C$ 1186 1323 805 824 1231 B580206
0.30 C$ 1187 1324 C 410 PA 381 1232 B580207
0.60 C$ 1188 1325 C 411 PA 382 1233 B580208
0.90 C$ 1189 1326 C 412 PA 383 1234 B580209
1.25 C$ 1190 1327 C 413 PA 384 1235 B58021
2.00 C$ 1191 1328 C 414 PA 385 1236 B580211
3.00 C$ 1192 1329 C 415 PA 386 1237 B580212
3.10 C$ BL 46 MS 1323 A 805 A BF 87 1226-1231 B580213
8.05 C$ BL 46 MS 1329 A C 415 A BF 88 1232-1237 B580214