B4701 – Centenario de la Fundación de Managua.

B4701 – Centenario de la Fundación de Managua.

Decreto Emisión.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO L – MANAGUA D. N. Lunes 1 de abril de 1946- N° 72

N° 22

El Presidente de la Republica

Considerando

Que el 24 de Julio próximo Managua cumple el primer centenario de haberse elevado al rango de ciudad conforme Decreto Legislativo de 24 de Julio de 1846, período éste de un valioso contenido histórico que encierra un proceso sobresaliente en la evolución espiritual y material de la Nación; considerando que acontecimientos como el anterior son de importancia para la ciudadanía nicaragüense y desde luego dignos de ser rememorados; considerando que el sello postal adhesivo es un medio ideal a tales propósitos,

Decreta:

Artículo 1ro.- En conmemoración del Primer Centenario de Managua, emítanse sellos de correo en las cantidades y especificaciones siguientes:

PARA EL SERVICIO POSTAL ORDINARIO COLORES DISEÑOS
MARCO FONDO
500,000 de C$ 0.04 c/u C$ 20,000.00 Negro Bermejo Edificio de Sanidad
400,000 de C$ 0.05 c/u C$ 20,000.00 Negro Ultramarino Palacio Nacional
150,000 de C$ 0.06 c/u C$ 9,000.00 Negro Verde Brillante Catedral de Managua
500,000 de C$ 0.10 c/u C$ 50,000.00 Negro Cervato Proyectado Seminario Provincial
PARA EL SERVICIO POSTAL AÉREO
500,000 de C$ 0.05 c/u C$ 25,000.00 Negro Púrpura Proyectado Seminario Provincial
150,000 de C$ 0.20 c/u C$ 30,000.00 Negro Olivo Gris Catedral de Managua,
150,000 de C$ 0.35 c/u C$ 52,500.00 Negro Anaranjado Edificio de Sanidad
50,000 de C$ 0.90 c/u C$ 45,000.00 Negro Violeta Edificio del Distrito Nacional,
80,000 de C$ 1.00 c/u C$ 80,000.00 Negro Rosa Edificio del Banco Nacional y
30,000 de C$ 2.50 c/u C$ 75,000.00 Negro Café Palacio Nacional

Leyendas: para los sellos ordinarios: “Nicaragua”-“Primer Centenario de Managua”. “Correos” y el valor en número solamente.

Para los sellos aéreos: “Nicaragua”-“Primer Centenario de Managua”. “Aéreo” y el valor en número solamente.

Asciende esta emisión a la cantidad de dos millones quinientos diez mil sellos con valor total de cuatrocientos seis mil quinientos córdobas y no/100 (C$ 406, 500. 00).

Artículo 2do.- El proceso de impresión y circulación de los sellos a que se refiere el Art. anterior debe enmarcarse a lo estatuido por la Ley de Especies Postales y Filatelia en los Artos. 3, 6, 7, 11, 12, 13 y 14. El papel a emplearse en la impresión debe ser de seguridad y de buena consistencia. Cada pliego debe contener veinticinco (25) sellos. Los sellos deben llevar la perforación 12 ½ del odontómetro filatélico en todos sus contornos y sus dimensiones 42 mm. de largo por 25 mm. de ancho.

Managua, D. N., Casa Presidencial, a los diez y seis días del mes de Marzo de mil novecientos cuarenta y seis.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. Ramón Sevilla.

 

Acuerdo Concurso Diseños.

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DIARIO OFICIAL

AÑO L – MANAGUA D. N. Miércoles 3 de abril de 1946- N° 74

N° 43

El Presidente de la Republica

De conformidad con el párrafo segundo del Art. 4 de la Ley de Especies Postales y Filatelia, y para agenciar el material artístico original necesario para ilustrar la emisión de sellos postales conmemorativos del Primer Centenario de Managua, autorizada por Decreto Ejecutivo No. 22 del 16 de Marzo corriente,

Acuerda:

Artículo 1.- Sacar a concurso entre los dibujantes del país, la confección de los siguientes diseños de edificios en sus mejores perspectivas:

a)- Palacio Nacional,

Palacio del Distrito Nacional,

Edificio del Banco Nacional de Nic.,

Edificio de la Direc. Gral. de San., y

Catedral de Managua.

El dibujo debe hacerse a línea en tinta china y ceñirse a una cartulina de 14 centímetros de ancho por 22 de largo.

Artículo 2.- Fijar para cada uno de los cinco mejores dibujos, premios de C$ 200.00 (doscientos córdobas) que se harán efectivos por medio de la Administración de Rentas de Managua con imputación a la partida de Imprevistos del Presupuesto General de Gastos.

Artículo 3.- Organizar una comisión de cinco miembros para la calificación de los diseños, integrada por el señor Ministro de Hacienda, el señor Jefe de la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, tres técnicos dibujantes que serán designados en su oportunidad por la Secretaría de Hacienda.

Artículo 4.- Los participantes del concurso deben entregar sus trabajos a la Oficina Filatélica en el Palacio Nacional con antelación al 15 de Abril próximo.

Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los diez y seis días del mes de Marzo de mil novecientos cuarenta y seis.-A. SOMOZA.-El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. R. Sevilla.

PRÓRROGA PARA PRESENTAR DIBUJOS DE ESPECIES POSTALES Y FILATELIA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 353, aprobado el 11 de marzo de 1946

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 89 del 29 de abril de 1946

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Acuerda:

Único:- Prorrogar hasta el 25 de los corrientes, el término para la presentación, a la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia, de los dibujos, para la emisión conmemorativa del Primer Centenario de Managua, promovida según Acuerdo No. 43 del 16 de Marzo de 1946.

Comuníquese, Casa Presidencia.- Managua, D. N., 11 de Marzo de 1946.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. R. Sevilla.

 

Decreto Emisión 2.

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AÑO L – MANAGUA D. N. Miércoles 11 de Septiembre de 1946- N° 194

N° 1

El Presidente de la Republica

En uso de sus facultades y oído el parecer de la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia expuesto ante la Secretaría de Hacienda de conformidad con el inciso. g) Art. 17 de la Ley de Especies Postales y Filatelia, Decreta:

Modificar ·en la forma que a continuación se expresa, la parte resolutiva del Decreto Ejecutivo N° 22 de fecha 16 de Marzo de 1946 relativo a una emisión postal dedicada al Primer Centenario de Managua:

Art. 1° -En conmemoración de el Primer Centenario de Managua, emítanse sellos de correo en las cantidades y especificaciones siguientes:

PARA EL SERVICIO POSTAL ORDINARIO COLORES DISEÑOS
MARCO FONDO
1.000,000 de C$ 0.04 c/u C$ 40,000.00 Negro Bermejo Catedral de Managua
1.000,000 de C$ 0.05 c/u C$ 50,000.00 Negro Ultramarino Dir. Gral. de Sanidad
500,000 de C$ 0.06 c/u C$ 30,000.00 Negro Verde Brillante Pal. del Ayuntamiento
2,500,000 de C$ 0.10 c/u C$ 250,000.00 Negro Cervato Proy. Sem. Provincial
100,000 de C$ 0.75 c/u C$ 75,000.00 Negro Café Naranja Pal. de Comunicaciones
PARA EL SERVICIO POSTAL AÉREO
1.000,000 de C$ 0.05 c/u C$ 50,000.00 Negro Púrpura Proy Sem Provincial
150,000 de C$ 0.20 c/u C$ 60,000.00 Negro Olivo Gris Pal. de Comunicaciones
150,000 de C$ 0.35 c/u C$ 105,000.00 Negro Anaranjado Dir. Gral. de Sanidad
50,000 de C$ 0.90 c/u C$ 117,000.00 Negro Rosa Ban. Nac.de Nicaragua
80,000 de C$ 1.00 c/u C$ 200,000.00 Negro Café Oscuro Pal. del Ayuntamiento
30,000 de C$ 2.50 c/u C$ 75,000.00 Negro Lila Palacio Nacional

Forma, Dimensiones y Perforación de las Sellos:

Los sellos ordinarios llevarán la forma de un rombo vertical de 30 milímetros en todos sus lados con un ancho de 43 milímetros. Se usará la perforación 12 ½ del odontómetro filatélico en todos sus contornos.

Los sellos aéreos llevarán la forma de un rombo horizontal de 28 milímetros en todos y cada uno de sus lados con un ancho de 50 milímetros y un ángulo de 25 milímetros. Se aplicará a estos sellos la perforación 12 ½ del odontómetro filatélico en todos sus contornos.

Leyenda de los, sellos ·

Para los sellos ordinarios: En el lado superior Izquierdo: Nicaragua. En el lado superior derecho: Correos. En vértices horizontales la cifra correspondiente a su valor. Al pie del diseño el nombre del edificio y abarcando sus dos lados inferiores: Primer Centenario de Managua-1846-1946.

Los sellos aéreos llevarán las mismas leyendas a excepción de la palabra Correos que será sustituida por la de Aéreo.

Asciende esta emisión a la cantidad de siete millones sesenta mil sellos, (7,000.060), con valor total de un millón clncuentidos mil córdobas solamente, (C$ 1,052,000.00).

Art. 2°- El proceso de impresión y circulación de loa sellos a que se refiere el artículo anterior debe enmarcase a lo estatuido por la Ley de Especies Postales y Filatelia en sus Arts. 3. 6, 7, 11 1 .12, 13 y 14, El papel a emplearle debe ser de fabricación especial para estampilla. Cada pliego debe contener veinticinco sellos (25).

Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los diez y ocho día del mes de Julio de mil novecientos cuarentiséis.-A. SOMOZA.-El Secretarlo de Epatado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. Ramón Sevilla.

Datos de la Serie.

Impresor : E.A. Wright Bank Note Co.
Técnica Impresión : Rebaje y Fotograbado
Fecha de Emisión : Michel : 10 de Enero de 1947
S & G : 1947
Scott: 10 de Enero de 1947
Y & T : 1946

Motivo y Cantidades.

Motivo Cantidad Emitida Valor Facial
Catedral de Managua 1.000,000 4 centavos
Dirección General de Sanidad 1.000,000 5 centavos
Palacio del Ayuntamiento 500,000 6 centavos
Proyectado Seminario Provincial 2,500,000 10 centavos
Palacio Comunicaciones 100,000 75 centavos
Proyectado Seminario Provincial 1.000,000 5 centavos
Palacio Comunicaciones 150,000 20 centavos
Dirección General de Sanidad 150,000 35 centavos
Banco Nacional de Nicaragua 50,000 90 centavos
Palacio del Ayuntamiento 80,000 1.00 córdoba
Palacio Nacional 30,000 2.50 córdobas

Tipo, Dentado, Dimensiones y Color.

Sellos Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones mm Color
Lado Lado
Correos Sello 4 centavos 12 ½ 30 30 Negro / Bermejo
Correos Sello 5 centavos 12 ½ 30 30 Negro / Ultramarino
Correos Sello 6 centavos 12 ½ 30 30 Negro / Verde Brillante
Correos Sello 10 centavos 12 ½ 30 30 Negro / Cervato
Correos Sello 75 centavos 12 ½ 30 30 Negro / Café Naranja
Aéreo Sello 5 centavos 12 ½ 28 28 Negro / Púrpura
Aéreo Sello 20 centavos 12 ½ 28 28 Negro / Olivo Gris
Aéreo Sello 35 centavos 12 ½ 28 28 Negro / Anaranjado
Aéreo Sello 90 centavos 12 ½ 28 28 Negro / Rosa
Aéreo Sello 1.00 córdoba 12 ½ 28 28 Negro / Café Oscuro
Aéreo Sello 2.50 córdobas 12 ½ 28 28 Negro / Lila

 

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
4 cts. 949 1085 701 719 994 B470101
5 cts. 950 1086 702 720 995 B470102
6 cts. 951 1087 703 721 996 B470103
10 cts. 952 1088 704 722 997 B470104
75 cts. 953 1089 705 723 998 B470105
5 cts. 954 1090 C 277 PA 248 999 B470106
20 cts. 955 1091 C 278 PA 249 1000 B470107
35 cts. 956 1092 C 279 PA 250 1001 B470108
90 cts. 957 1093 C 280 PA 251 1002 B470109
1.00 C$ 958 1094 C 281 PA 252 1003 B470110
2.50 C$ 959 1095 C 282 PA 253 1004 B470111