B4002 – L Aniversario de la Fundación de la Unión Panamericana.

B4002 – L Aniversario de la Fundación de la Unión Panamericana.

Ministerial No. 11028.

Este documento fue Transcrito por Salvador Castellón Morales en Ene.3/1964 Libro Particulares – COPIADOR- No. 12, págs. 388/389 – Archivo Ministerio de Hacienda, Managua.

Managua, D. N., 9 de Febrero de 1940

SECURITY BANKNOTE COMPANY

Fifty-Fifth and Sansom Streets

Philadelphia, Pennsylvania, U.S.A.

Muy señores míos:

Este Ministerio está interesado en la emisión de un sello aéreo internacional, para conmemorar el Cincuentenario de la Fundación de la Unión Panamericana en Washington.

Se trata de 100,000 ejemplares cuyo motivo encontrarán Uds. detallado en la fotografía adjunta, y la cual fué obtenida del dibujo original respectivo. Oportunamente se enviará una fotografía que señala, aproximadamente, la distribución de los colores que el sello necesitará; pero puedo informarles de una vez, que serán cinco (rojo, azul, amarillo y verde) incluyendo el color de aluminio que llevará el avión, debiendo predominar el azul ya que el lago y el cielo llevan una tonalidad más o menos uniforme a ese matiz. El dibujante que haga el original cuidará que la combinación artística del conjunto quede interesante.

En primer término observarán las 21 banderas de todas las naciones América sus colores auténticos cada una, o sean combinaciones de los arriba señalados. Las astas de ellas serán de un color rojo, y color amarillo los extremos o puntas.

La estatua de la libertad será de un color amarillo bronceado y el pedestal de la misma de un amarillo más subido. La isla que se ve a la izquierda tendrá un color verde en el extremo de ese mismo lago y el resto de ella amarillo-rojo. El lago será de un tono celeste, y los cerros de primer término llevarán un color azul-violeta. Las colinas del fondo serán de un color celeste un poco más acentuado, y el cielo en un azul que corresponda al cuadro. El marco del sello será con los colores de la bandera nacional: Azul y blanco, y esos mismos llevará la cinta sobre la cual va la leyenda: “U. P. U. 1890-REPUBLICA DE NICARAGUA-1940-U. P. U.»

El resto de los colores en su distribución será mejor señalado en el diseño original que les será remitido al llegarse a un arreglo definitivo sobre esta impresión. Las dimensiones del sello serán 58X37 cm. en pliegos de 50 sellos cada uno, perfectamente perforados. Y su valor, C$ 1.25, colocado a izquierda y derecha del sello, aunque la muestra dice C$2.50.

Obsérvese que una línea fuerte y sinuosa que aparece al oriente de la isla, es una escollera en formación que figurará con un color apropiado.

Creyendo haberles dado una idea general de lo que se desea, a base de 100,000 sellos, y esperando que las fotografías ayuden a Uds. a formársela lo más justamente posible, quedo en espera de la cotización correspondiente y me suscribo – De Uds. Atto. y S. S. – J. Ramón Sevilla – Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Ministerial No. 128000.

Este documento fue Transcrito por Salvador Castellón Morales en Ene.4/1964 Libro Cables y Notas Particulares y del Exterior – COPIADOR- No. 13, págs. 10/11 – Archivo Ministerio de Hacienda, Managua.)

Managua, D. N., 28 de Marzo de 1940.

Security Banknote Company

Philadelphia

Muy señores míos:

Se recibió en esta Secretaría el diseño en colores hecho por Uds. Y que se refiere al motivo de la estampilla que emitirá Nicaragua, con motivo del L Aniversario de la Fundación de la Unión Panamericana.

Tal diseño fué tomado por Uds. de la pequeña fotografía que les fue remitida anteriormente, y tomando en cuenta los reducidos elementos que ésta podía suministrar para tal ampliación, esta Secretaría desea rendir tributo a semejante esfuerzo, pues el citado diseño es satisfactorio.

Para ayudar a Uds, acompaño a la presente el original a pluma de donde fué tomada la fotografía enviada, y que por un olvido no fué incluida en mi carta anterior; y a fin de que puedan remitir la prueba de la plancha respectiva cuanto antes posible, me permito hacer las reformas e indicaciones siguientes:

1°.- El triángulo que corresponde al escudo de Nicaragua debe ser equilátero, es decir, con sus tres lados completamente iguales. Para mejores detalles, les incluyo una muestra del legítimo escudo nuestro.

2° Las letras C.S. que figuran sobre la cifra 1.25 habrá que suprimirlas, Esta quedará como se ve en el dibujo general adjunto, solo que en vez de ser 2.50 debe ser siempre 1.25.

3° En el lugar donde figura, a la izquierda del diseño, las citadas letras C. S. 1.25, se

suprimirá todo y en cambio, se colocará allí la fotografía, ovalada, del Sr. L. S. Rowe, Director General de la U.P.A. Esta leyenda marcada en rojo, se colocará en la parte inferior, rodeando el retrato del Sr. Rowe. Esta reforma ha sido acordada a última hora.

4° El valor de la estampilla (1.25) siempre queda señalado en el lugar destinado para ello a la derecha del dibujo, suprimiendo las letras C.S.; y el tamaño de los números, será en la proporción que Uds. estimen conveniente.

5° La palabra UNION, de la leyenda situada en la parte inferior cuadro, habrá que ponerle acento, tal como el que Uds. pusieron en la palabra FUNDACION.

6° En la cinta con los colores nacionales y con la leyenda 1890 Rep. De Nic. 1940, en su parte media que corresponde a los lados del escudo, observarán Uds. que los colores están invertidos. La parte azul es a las orillas y en el centro debe ser la franja blanca.

7° Les recomiendo una atenta comparación entre el Douglas dibujado por Uds. y el que contiene el original incluido.

8° Procurar que los colores que contiene, el dibujo recibido, no pierdan en intensidad, al pasar por las pruebas que les faltan.

Creo haberme referido a los puntos principales observados en el dibujo recibido, y como les digo en esta misma carta, ya tomados debidamente en cuenta, pueden Uds., proceder a la confección de las planchas correspondientes y enviar a esta Secretaría la prueba respectiva.

Sin más por el momento, me suscribo de Uds. muy atento y seguro servidor – J. RAMON SEVILLA – Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Decreto Circulación.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLIV – MANAGUA D. N. Miércoles 11 de Agosto de 1940 – N° 179

N° 44

El Presidente de la República,

Que ya fueron recibidos y depositados en el Almacén General de Especies Fiscales los sellos de correo para el servicio aéreo internacional, impresos por el Security Bank Note Company, de Philadelphia, U. S. A., de orden del gobierno, dada por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el deseo de conmemorar, junto con los demás países de América, el Cincuentenario de la fundación de la Unión Panamericana en Washington,

Decreta:

Art. 1:- Poner en circulación, a partir del día cinco (5) de Agosto de 1940, 100,000 sellos de correos de C$ 1.25 cada uno, para el servicio del correo aéreo internacional, de que trata el considerando anterior, con valor total de C$125.000.00.

El dibujo muestra un paisaje del Lago Xolotlán, en cuyo fondo se ven el Momotombo, la Isla del Amor y un avión en el espacio.

En la parte inferior y ocupando todo el largo del sello, las 21 banderas de las repúblicas americanas, apareciendo la de los Estados Unidos en el centro, con la Estatua de la Libertad que se alza sobre el escudo de dicho país; en el margen izquierdo, en el centro, figura el retrato del señor L. S. Rowe, Director General de la Unión Panamericana, y frente a él, en el lado opuesto el valor del sello. En la parte superior remata el dibujo con el escudo de Nicaragua, enlazado con los colores nacionales. El color que predomina en la estampilla, es el azul, con tonalidades adecuadas en sus detalles. Las dimensiones son: 58 x 37 mm.

Art. 2°- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público queda autorizado para disponer el expendio de este sello, de conformidad con la Ley.

Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los veintinueve días del mes de Julio de mil novecientos cuarenta. A. SOMOZA. El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público – J. Ramón Sevilla.

Decreto Serie Falsa

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLIV – MANAGUA D. N. Sábado 28 de Septiembre de 1940- N° 217

N° 48

El Presidente de la República,

Considerando:

Que se han recibido en la Secretaría de Hacienda informes oficiales de que circula actualmente en los Estados Unidos una estampilla resellada de Nicaragua Conmemorativa del Quincuagésimo Aniversario de la Fundación de la Unión Panamericana, con las características siguientes: Sello Postal Ordinario con valor de 10 centavos color amarillo-anaranjado, con dibujo de la Catedral de León, emitido conforme Decreto Ejecutivo No. 63 del 16 de Mayo de 1914, suscrito por el entonces Presidente de la República don Adolfo Díaz y por el Ministro de Hacienda don Eulogio Cuadra, llevando además, un resello en tres líneas de color verde que dice: “ Unión Panamericana 1890-1942” y

Considerando:

Que el Gobierno de Nicaragua tan sólo ha lanzado a la circulación para conmemorar el Quincuagésimo Aniversario de la fundación de la referida Institución, la estampilla que autoriza el Decreto Ejecutivo No. 44 del

29 de Julio del corriente año y cuyo dibujo muestra como principales motivos ,el Lago Xolotlán, la Estatua de la Libertad, el retrato de Mr.L.S.Rowe y las 21 banderas de las Repúblicas de América , y que, por consiguiente, este sello es el único que debe considerarse legítimo,

Decreta:

Único:- Declárese fraudulento el sello de correo ordinario ya descrito color amarillo-anaranjado, con valor de 10 centavos, emitido el 16 de Mayo de 1914 con el dibujo de la Catedral de León y que con la leyenda «Unión Panamericana 1890-1942» circula clandestinamente en el extranjero.

El Ministro de Hacienda queda encargado de seguir las investigaciones del caso, a fin de aplicar a los culpables de este fraude contra la Hacienda Pública, todo el peso de la ley.

Dado en Casa Presidencial – Managua, a los veinte y tres días del mes de Septiembre de mil novecientos cuarenta-A. SOMOZA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público – J. Ramón Sevilla.

Datos de la Serie.

Impresor : Security Banknote Company
Técnica Impresión : Rebaje
Decreto: 5 de Agosto de 1940
Fecha de Emisión : Michel : 2 de Agosto de 1940
S & G : 1940
Scott: 2 de Agosto de 1940
Y & T : 1940

Cantidades, Dentado, Dimensiones y Color.

Sello Cantidad Emitida Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones mm Color
Alto Ancho
100.000 Aéreo 1.25 córdobas 12 1/2 37 58 Multicolor

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
1.25 C$ 910 1046 C 253 PA 224 955 B400201