B3708 – Día de la Raza.

B3708 – Día de la Raza.

Decreto de Emisión.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLI – MANAGUA D. N. Lunes 11 de Octubre de 1937 – N° 220

N°. 35

El Presidente de la Republica,

Considerando:

Que está próximo el día 12 de octubre, fecha a que corresponde el descubrimiento de América y que ha sido considerado por los países latino-americanos Como el Día de la Raza, y deseando Nicaragua conmemorarlo en una forma que abarque al mundo entero como sucede con los sellos postales,

Decreta:

Arto. 1° – Emítanse Sellos Aéreos Internacionales y Aéreos Interiores blocks de 4 sellos de cada valor que serán puestos a la circulación el 12 de octubre corriente hasta su terminación, con las dimensiones de 50 X 30 mm, colores, dibujos, cantidades y valores que se detallan a continuación:

AEREO INTERNACIONAL

N° de Blocks Cant. De Sellos Valor Fac. Color Dibujo
110,000 440,000 0.10 Café Marrón Cacique Nicarao
90,000 360,000 0.15 Azul Celeste Fray Bartolomé de las Casas
80,000 320,000 0.20 Rojo de Leipzig Cristóbal Colon
280,000 1,120,000 con valor de C$ 162.000.00 debiendo ser impresos estos sellos, en papel engomado.

AEREO INTERIOR

N° de Blocks Cant. De Sellos Valor Fac. Color Dibujo
80,000 320,000 0.01 Verde Brillante Cacique Diriangen
40,000 160,000 0.04 Rojo Oscuro Cacique Nicarao
40,000 160,000 0.05 Violeta Brillante Fray Bartolomé de las Casas
40,000 160,000 0.08 Azul de Bronce Cristóbal Colon
200,000 800,000 con valor de C$ 30.400.00 debiendo ser impresos estos sellos en papel Bond sin engomar.

El total de la emisión de todos estos sellos, asciende a un millón novecientos veinte mil sellos, con un valor facial de C$ 192,400.00.

Arto. 2° – Quedan en circulación al mismo tiempo que los presentes, los Sellos Aéreos Interiores y Aéreo Internacional actualmente en servicio.

Arto. 3° – El Ministerio de Hacienda queda autorizado para celebrar contrato para la emisión de estos sellos con una casa responsable de esta ciudad, y la ejecución del trabajo estará vigilada y controlada por un representante del mismo Ministerio, otro del Tribunal de Cuentas, otro de Tesorería General y otro de Ja Dirección General de Comunicaciones.

Arto. 49—La destrucción de las placas correspondiente a esta emisión se Verificará después de terminada la impresión, en presencia de los mismos comisionados que presenciaron el •tiraje, de filatélicos de esta capital y Representantes de Corporaciones Filatélicas extranjeras; a quienes se Invitará para este acto.

Dado en Managua, D. N., Palacio Presidencial, a primero de octubre de mil novecientos treinta y siete. —A. SOMOZA. —El Ministro de Hacienda y Crédito Público Hico—José Benito Ramírez.

Decreto de Circulación.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLI – MANAGUA D. N. Lunes 11 de Octubre de 1937 – N° 220

El Presidente de la Republica,

Considerando

Que mañana 12 de octubre tienen que lanzarse a la circulación los Sellos Aéreo. Denuncio Internacionales y Aéreos Interiores emitidos conforme Decreto N° 35 de 1° el corriente y que se refiere en todos sus detalles y no disponiendo de tiempo suficiente para que todos los pliegos que contienen dichos sellos sean perforados con la nitidez requerida.

Decreta

Arto. 1° Del millón ciento veinte mil sellos que compone la emisión de sellos Aéreos Internacionales e Interiores a que se refiere el Decreto N° 35 de 1° del corriente para conmemorar el 12 de octubre próximo inmediato , Día de la Raza, solo serán perforados 240.000 blocks de cuatro sellos cada uno o sea la mitad de los 480.000 autorizados. En consecuencia, el detalle que corresponde a ambas clases, es el siguiente:

PERFORADOS

240,000 blocks de a 4 sellos c/u C$ 960.00.00

SIN PERFORAR

240,000 blocks de a 4 sellos c/u C$ 960.00.00
Total de la emisión. C$ 1,920.00.00

Dado en Managua, D. N., Palacio Presidencial, a once de octubre de mil novecientos treinta y siete. —A. SOMOZA. —El Ministro de Hacienda y Crédito Público —José Benito Ramírez.

Contrato de Impresión.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLI – MANAGUA D. N. Lunes 11 de Octubre de 1937 – N° 220

N° 30

José Benito Ramírez, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en representación del Gobierno por una parte y los Sres. F. Puschendorf e hijo por otra han celebrado el Contrato que sigue:

Los Sres. Puschendorf e hijo se comprometen a Imprimir 480,000 blocks de 4 sellos postales c/u, como sigue:

110,000 blocks de correo aéreo, i internacional de 0.10 c / sello
90,000 blocks de correo aéreo, i internacional de 0.15 c / sello
80,000 blocks de correo aéreo, i internacional de 0.20 c / sello
80,000 blocks de correo aéreo, i interiores de 0.01 c / sello
40,000 blocks de correo aéreo, i interiores de 0.04 c / sello
40,000 blocks de correo aéreo, i interiores de 0.05 c / sello
40,000 blocks de correo aéreo, i interiores de 0.08 c / sello
480,000

II

Este trabajo lo efectuarán los Sres. Puschendorf e Hijo, en su departamento de litografía «Offset, nítidamente y en los colores que designa para cada valor, el Decreto de emisión de esta, misma fecha.

III

Las dimensiones de los sellos serán de 50 x 30 mm. e irán en blocks de a cuatro sellos, teniendo el pliego el tamaño de 15 x 11 cm., simétricamente perforado en contorno de cada sello. El papelillo que se pondrá entre pliego y pliego y los dibujos necesarios para este trabajo, serán suministrados por los Sres. Puschendorf e Hijo. Y el papel engomado y sin engomar para la obra, lo suministrará el Gobierno con el control que juzgue pertinente.

IV

Las planchas que se usarán en este trabajo serán de propiedad de los Sres. Puschendorf e Hijo. En caso de que el Gobierno disponga quedarse con ellos, las pagará a razón de « 25.00 c/u; pero si se acordase su destrucción, ésta se efectuará en presencia de los Comisionados que el Gobierno señale, entregándoles luego el material resultante de la destrucción a los Sres. Puschendorf e Hijo.

V

La casa Puschendorf e hijo se compromete a la mayor vigilancia por la parte que le corresponde, a fin de que no sea Impreso un solo sello igual o parecido a los que son objeto del presente Contrato y en caso de falta asume cualquier responsabilidad de acuerdo con las leyes del país.

VI

El Gobierno, dentro de los 15 días posteriores al recibo total de esta emisión que será a más tardar el a i del corriente mes y después de haberse resuelto lo que se hará con los clisés, pagará a los Sres. Puschendorf e Hijo, la suma de un mil doscientos sesenta córdobas por la Impresión.

VII

De conformidad con el Decreto de esta misma fecha, la impresión de esta emisión estará’ vigilada y controlada por los representantes del Tribunal de Cuenta, Secretaria de Hacienda, Tesorería General y Dirección General de Comunicaciones debidamente autorizados y quienes, al estar en el desempeño de su cometido y tener que Interrumpir el trabajo, tomarán las seguridades debidas para garantizar que en ausencia de ellos no podrá hacerse tiraje alguno. A este efecto, mientras ellos estén ausentes, dejarán sellados los clisés y asegurada la máquina Impresora para imposibilitar todo movimiento de la misma.

En fe de lo anterior, firmamos el presente Contrato, en la ciudad de Managua a primero de octubre de mil novecientos treinta y siete.–José Benito Ramírez. —E. Puschendorf e Hijo.

El Presidente de la República,

Acuerda:

Aprobar en todas sus partes el Contrato que antecede. Comuníquese. —Casa Presidencial. —Managua, 19 de octubre de 1937. —SOMOZA r en todas sus partes el Contrato que antecede. Comuníquese. —Casa Presidencial. —Managua, 19 de octubre de 1937. —SOMOZA—El Ministro-de Hacienda y Crédito Público-_José Benito Ramírez.

Datos de la Serie.

Impresor : F Puschendorf e Hijo
Técnica Impresión : Litografía
Fecha de Emisión : 12 de octubre de 1937

Motivo y Cantidades.

Motivo Cantidad Emitida en Block de 4 Sellos Cada uno Sellos de la Emisión Valor Facial
Cacique Diriangen – Perforado 40,000 160,000 1 centavo
Cacique Diriangen – Sin Perforar 40,000 160,000 1 centavo
Cacique Nicarao – Perforado 20,000 80,000 4 centavos
Cacique Nicarao – Sin Perforar 20,000 80,000 4 centavos
Fray Bartolomé de las Casas – Perforado 20,000 80,000 5 centavos
Fray Bartolomé de las Casas – Sin Perforar 20,000 80,000 5 centavos
Cristóbal Colon – Perforado 20,000 80,000 8 centavos
Cristóbal Colon – Sin Perforar 20,000 80,000 8 centavos
Cacique Nicarao – Perforado 55,000 220,000 10 centavos
Cacique Nicarao – Sin Perforar 55,000 220,000 10 centavos
Fray Bartolomé de las Casas – Perforado 45.000 180.000 15 centavos
Fray Bartolomé de las Casas – Sin Perforar 45.000 180.000 15 centavos
Cristóbal Colon – Perforado 40,000 160,000 20 centavos
Cristóbal Colon – Sin Perforar 40,000 160,000 20 centavos

Tipo, Dentado, Dimensiones y Color.

Sellos Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones mm Color
Alto Ancho
Aéreo Interior Sello 1 centavo 11

SIN

30 40 Verde Brillante
Aéreo Interior Sello 4 centavos 11

SIN

30 40 Rojo Oscuro
Aéreo Interior Sello 5 centavos 11

SIN

30 40 Violeta Brillante
Aéreo Interior Sello 8 centavos 11

SIN

30 40 Azul de Bronce
Aéreo Internacional Sello 10 centavos 11

SIN

30 40 Café Marrón
Aéreo Internacional Sello 15 centavos 11

SIN

30 40 Azul Celeste
Aéreo Internacional Sello 20 centavos 11

SIN

30 40 Rojo de Leipzig
Aéreo Interior Block de 4 4 centavos 11 110 150 Verde Brillante
Aéreo Interior Block de 4 4 centavos Sin 110 150 Verde Brillante
Aéreo Interior Block de 4 16 centavos 11 110 150 Rojo Oscuro
Aéreo Interior Block de 4 16 centavos Sin 110 150 Rojo Oscuro
Aéreo Interior Block de 4 20 centavos 11 110 150 Violeta Brillante
Aéreo Interior Block de 4 20 centavos Sin 110 150 Violeta Brillante
Aéreo Interior Block de 4 32 centavos 11 110 150 Azul de Bronce
Aéreo Interior Block de 4 32 centavos Sin 110 150 Azul de Bronce
Aéreo Internacional Block de 4 40 centavos 11 110 150 Café Marrón
Aéreo Internacional Block de 4 40 centavos Sin 110 150 Café Marrón
Aéreo Internacional Block de 4 60 centavos 11 110 150 Café Marrón
Aéreo Internacional Block de 4 60 centavos Sin 110 150 Azul Celeste
Aéreo Internacional Block de 4 80 centavos 11 110 150 Rojo de Leipzig
Aéreo Internacional Block de 4 80 centavos Sin 110 150 Rojo de Leipzig

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
(P) 1 cts. 843 993 A C 215 PA 184 A 888 B370701
(P) 4 cts. 844 993 B C 216 PA 184 B 889 B370802
(P) 5 cts. 845 993 C C 217 PA 184 C 890 B370803
(P) 8 cts. 846 993 D C 218 PA 184 D 891 B370804
(P) 10 cts. 847 993 E C 219 PA 184 E 892 B370805
(P) 15 cts. 848 993 F C 220 PA 184 F 893 B370806
(P) 20 cts. 848 993 G C 221 PA 184 G 894 B370807
(I) 1 cts. B370808
(I) 4 cts. B370809
(I) 5 cts. B370810
(I) 8 cts. B370811
(I) 10 cts. B370812
(I) 15 cts. B370813
(I) 20 cts. B370814
( Block ) (P) 4 cts. B370815
( Block ) (I) 4 cts. B370816
( Block ) (P) 16 cts. B370817
( Block ) (I) 16 cts. B370818
( Block ) (P) 20 cts. B370819
( Block ) (I) 20 cts. B370820
( Block ) (P) 32 cts. B370821
( Block ) (I) 32 cts. B370822
( Block ) (P) 40 cts. B370823
( Block ) (I) 40 cts. B370824
( Block ) (P) 60 cts. B370825
( Block ) (I) 60 cts. B370826
( Block ) (P) 80 cts. B370827
( Block ) (I) 80 cts. B370828
(I) = Imperforado (P) = Perforado