B3701 – Palacio Nacional y Catedral de León – Serie 1937 y Aéreos Internacionales.

B3701 – Palacio Nacional y Catedral de León – Serie 1937 y Aéreos Internacionales.

Decreto Emisión.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XL – MANAGUA D. N. Lunes 27 de Julio de 1936 – N° 163

N° 6

El Presidente de la República

Considerando:

Que se hace necesario poner fin a las Irregularidades que se han venido notando en el movimiento de especies postales; y siendo que los resellos ordenados recientemente por Decretos del Ejecutivo, no han sido más que una medida provisional en presencia de las últimas pérdidas, se hace Indispensable una emisión de emergencia que, a la vez que resulte económica, suprima todas las especies postales en actual circulación, eliminándose, sobre todo las reselladas que han sido por lo general, causa de continuos abusos.

En uso de sus facultades

Decreta:

Arto. 1° – Emitir y poner cuanto antes a la circulación y expendio púbicos, una nueva factura de sellos postales ordenados a la American Bank Note Company en oficio de 24 de Mayo de 1936, usando los mismos clisés que han servido para las emisiones anteriores, pero cambiando los colores de cada clase y valor, para que no se confundan con los sellos de actual circulación.

Arto. 2° – La emisión total será de Seis Millones (6,000,000) de sellos postales, con valor facial de Un Millón Quinientos Córdobas (C$ 1,000,500.00), distribuidos en cantidades, nominaciones y colores que a continuación se detallan:

SELLOS POSTALES ORDINARIOS

200,000 de C$ ½ centavo Color AA negro
900,000 de C$ 1 centavo Color 32 rojo
900,000 de C$ 2 centavos Color 9 azul
150,000 de C$ 3 centavos Color 11 café
150,000 de C$ 4 centavos Color 62 amarillo
150,000 de C$ 5 centavos Color P 16 rojo
150,000 de C$ 6 centavos Color 20 morado
150,000 de C$ 10 centavos Color 5 aceituna
150,000 de C$ 15 centavos Color 1 verde
150,000 de C$ 20 centavos Color 15 café
150,000 de C$ 25 centavos Color 17 anaranjado
150,000 de C$ 50 centavos Color 14 café
150,000 de C$ 1.00 centavos Color 87 azul
3,500,000

SELLOS R. C. (Reconstrucción)

800,000 de 1 centavo 1 verde

SELLOS AEREOS INTERNACIONALES

500,000 de C$ 15 centavos Color 59 amarillo
150,000 de C$ 20 centavos Color P16 rojo
150,000 de C$ 25 centavos Color 7 azul
150,000 de C$ 30 centavos( resello s/ C$ 0.50) Color 32 rojo
150,000 de C$ 35 centavos ( resello s/ C$ 0.50) Color 5 aceituna
150,000 de C$ 40 centavos( resello s/ C$ 1.00) Color 2 verde
150,000 de C$ 50 centavos Color P 3 morado
150,000 de C$ 55 centavos( resello s/ C$ 1.00) Color 9 azul
150,000 de C$ 1.00 Color 64 anaranjado
1,700,000

Arto. 3° – Al comenzar a circular esta nueva emisión quedarán, ipso facto, sin valor total y retiradas totalmente de la circulación, los sellos postales, resellados o no, que están actualmente en uso; los Administradores de Rentas de la República, tan pronto reciban y pongan al expendio los sellos de nueva factura, remitirán al Almacén General de especies Fiscales, todas sus existencias de sellos retirados para juntarse con los existentes en dicho Almacén, a fin de que se proceda a su Incineración o expendio filatélico, por medio de Tesorería General, según lo disponga el Ministerio de Hacienda.

Comuníquese – Casa Presidencial – Managua, D. N., 23 de Julio de 1936.- Brenes Jarquín. —El Secretario de Estado

Decreto Circulación 1.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XL – MANAGUA D. N. Sábado 19 de Diciembre de 1936 – N° 279

(Corregido*)AÑO XL – MANAGUA D. N. Martes 22 de Diciembre de 1936 – N° 281

N° 21

El Presidente de la Republica,

Decreta:

Art. 1° – Poner en circulación, desde el primero de Enero de 1936 (1937*), los sellos postales ordinarios y de reconstrucción a que se refiere el Decreto N° 6, del 23 de Julio del corriente año, publicado en La Gaceta N° 163, del 21 del mismo mes.

Art. 2° – Quedan desde esa fecha totalmente fuera de circulación, sin ningún valor fiscal, los que actualmente están en servicio.

Art. 3° – Los Administradores de Rentas de la República devolverán al Subdepósito de EE. FF., todas las existencias que estén en poder de ellos, al mismo tiempo quedan autorizados para cambiar dentro del término de diez días, los sellos que se hallen en manos de particulares siempre que se compruebe su legítima procedencia.

Dado en Managua. Casa Presidencial, a los diez y seis días del mes de Diciembre de mil novecientos treinta y seis —C. BRENES JARQUÍN, — El Ministro de Hacienda y Crédito Público, JOSE BENITO RAMIREZ.

Decreto Circulación 2.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLI – MANAGUA D. N. día Jueves 4 de Febrero de 1937- N° 26

N° 5

El Presidente de la Republica,

Decreta:

Art. 1°. Poner en circulación, desde el primero de Febrero del corriente año, los Sellos Aéreos Internacionales a que se refiere el Decreto No. 5, del 23 de julio de 1936, publicado en La Gaceta No. 163, del 27 del mismo mes.

Art. 2°. Desde el 15 del mismo mes de Febrero, quedarán totalmente fuera de circulación, y sin ningún valor fiscal, los que actualmente están en servicio.

Art. 3°. Los Administradores de Rentas quedan autorizados para cambiar dentro del término de diez días, después del 15 del citado mes de Febrero, los sellos que se hallen en poder de particulares, siempre que se compruebe su legítima procedencia; al mismo tiempo, una vez recogida dicha especie junto con las existencias que tengan guardadas, la devolverán al Subdepósito de Especies Fiscales.

Dado en Managua, en la Casa Presidencial, a los veintinueve días del mes de Enero de mil novecientos treinta y siete. A. SOMOZA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público. JOSE BENITO RAMIREZ.

  • *El decreto en mención era el número 6.

Decreto Ampliación de Plazo.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLI – MANAGUA D. N. día Jueves 11 de Febrero de 1937- N° 32

N° 6

El Presidente de la Republica,

Considerando:

Que el término de diez días señalado en el Decreto de 16 de diciembre ppdo.,para cambiar las especies postales que estaban en circulación antes de ponerse en servicio la nueva emisión, fue muy limitado,

Decreta:

Art. 1° Prorrogase hasta el 15 del corriente el cambio de los sellos postales ordinarios y R. de C. que quedaron fuera de circulación el primero de Enero del corriente año, conforme Decreto No. 21, del 16 de Diciembre de 1936.

Art. 2°. Los Administradores de Rentas quedan autorizados para cambiar los sellos que les presenten al ser comprobada su legitima procedencia.

Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los dos días del mes de Febrero de mil novecientos treinta y siete. A. SOMOZA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Benito Ramírez».

Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Datos de la Serie Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Impresor : American Bank Note CO. N.Y.
Técnica Impresión : Rebaje
Decreto: 1de Febrero de 1937
Fecha de Emisión : Michel : 1 de Enero de 1937
S & G : 1937
Scott: 1 de Enero de 1937
Y & T : 1936
Maxwell : 1 de Enero de 1937

Cantidades, Dentado, Dimensiones y Color, Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Sellos Cantidad Emitida Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones mm Color
Alto Ancho
200,000 Correos Sellos ½ centavo 12 26 31 AA negro
900,000 Correos Sellos 1 centavo 12 26 31 32 rojo
900,000 Correos Sellos 2 centavos 12 26 31 9 azul
150,000 Correos Sellos 3 centavos 12 26 31 11 café
150,000 Correos Sellos 4 centavos 12 26 31 62 amarillo
150,000 Correos Sellos 5 centavos 12 26 31 P 16 rojo
150,000 Correos Sellos 6 centavos 12 26 31 20 morado
150,000 Correos Sellos 10 centavos 12 26 31 5 aceituna
150,000 Correos Sellos 15 centavos 12 26 31 1 verde
150,000 Correos Sellos 20 centavos 12 26 31 15 café
150,000 Correos Sellos 25 centavos 12 26 31 17 anaranjado
150,000 Correos Sellos 50 centavos 12 26 31 14 café
150,000 Correos Sellos 1.00 córdoba 12 26 31 87 azul

Catalogación de la Serie Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
½ cts. 779 912 652 664 824 B370101
1 cts. 780 913 653 665 825 B370102
2 cts. 781 914 654 666 826 B370103
3 cts. 782 915 655 667 827 B370104
4 cts. 783 916 656 668 828 B370105
5 cts. 784 917 657 669 829 B370106
6 cts. 785 918 658 670 830 B370107
10 cts. 786 919 659 671 831 B370108
15 cts. 787 920 660 672 832 B370109
20 cts. 788 921 661 673 833 B370110
25 cts. 789 922 662 674 834 B370111
50 cts. 790 923 663 675 835 B370112
1.00 C$ 791 924 664 676 836 B370113

Valoración de la Serie Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W E-Com
½ cts.
1 cts.
2 cts.
3 cts.
4 cts.
5 cts.
6 cts.
10 cts.
15 cts.
20 cts.
25 cts.
50 cts.
1.00 C$
SET

Aéreos Internacionales.

Datos de la Serie

Impresor : American Bank Note CO. N.Y.
Técnica Impresión : Rebaje
Fecha de Emisión : Michel : 1 de febrero de 1937
S & G : 1937
Scott: 1937
Y & T : 1937
Maxwell : 1 de febrero de 1937

Cantidades, Dentado, Dimensiones y Color, Sellos Aéreos Internacionales.

Sellos Cantidad Emitida Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones mm Color
Alto Ancho
500,000 Aéreo 15 centavos 12 30 40 Color 59 Amarillo
150,000 Aéreo 20 centavos 12 30 40 Color P16 Rojo
150,000 Aéreo 25 centavos 12 30 40 Color 7 Azul
150,000 Aéreo 50 centavos 12 30 40 Color P 3 Morado
150,000 Aéreo 1.00 córdoba 12 30 40 Color 64 Anaranjado

Datos de la Sobrecarga Sellos Aéreos Internacionales.

Sellos Cantidad Emitida Cantidad Sobrecarga Sobrecarga Valor Facial Original Valor Facial Sobrecarga
150,000 Vale C$ 0.30 50 centavos 30 centavos
150,000 Vale C$ 0.35 50 centavos 35 centavos
150,000 Vale C$ 0.40 1.00 córdoba 40 centavos
150,000 Vale C$ 0.55 1.00 córdoba 55 centavos

Catalogación Sellos Aéreos Internacionales.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
15 cts. 796 926 C 164 PA 139 841 B370114
20 cts. 797 927 C 165 PA 140 842 B370115
25 cts. 798 928 C 166 PA 141 843 B370116
50 cts. 799 929 C 167 PA 142 844 B370117
1.00 C$ 800 930 C 168 PA 143 845 B370118
30 cts. 792 931 C 169 PA 135 837 B370119
35 cts. 793 931 C 170 PA 136 838 B370120
40 cts. 794 932 C 171 PA 137 839 B370121
55 cts. 795 933 C 172 PA 138 840 B370122

Valoración Sello Aéreos Internacionales.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W E-Com
15 cts.
25 cts.
50 cts.
1.00 C$
30 cts.
35 cts.
40 cts.
55 cts.

B3701 – Palacio Nacional y Catedral de León – Serie 1937 y Aéreos Internacionales.

Decreto Emisión.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XL – MANAGUA D. N. Lunes 27 de Julio de 1936 – N° 163

N° 6

El Presidente de la República

Considerando:

Que se hace necesario poner fin a las Irregularidades que se han venido notando en el movimiento de especies postales; y siendo que los resellos ordenados recientemente por Decretos del Ejecutivo, no han sido más que una medida provisional en presencia de las últimas pérdidas, se hace Indispensable una emisión de emergencia que, a la vez que resulte económica, suprima todas las especies postales en actual circulación, eliminándose, sobre todo las reselladas que han sido por lo general, causa de continuos abusos.

En uso de sus facultades

Decreta:

Arto. 1° – Emitir y poner cuanto antes a la circulación y expendio púbicos, una nueva factura de sellos postales ordenados a la American Bank Note Company en oficio de 24 de Mayo de 1936, usando los mismos clisés que han servido para las emisiones anteriores, pero cambiando los colores de cada clase y valor, para que no se confundan con los sellos de actual circulación.

Arto. 2° – La emisión total será de Seis Millones (6,000,000) de sellos postales, con valor facial de Un Millón Quinientos Córdobas (C$ 1,000,500.00), distribuidos en cantidades, nominaciones y colores que a continuación se detallan:

SELLOS POSTALES ORDINARIOS

200,000 de C$ ½ centavo Color AA negro
900,000 de C$ 1 centavo Color 32 rojo
900,000 de C$ 2 centavos Color 9 azul
150,000 de C$ 3 centavos Color 11 café
150,000 de C$ 4 centavos Color 62 amarillo
150,000 de C$ 5 centavos Color P 16 rojo
150,000 de C$ 6 centavos Color 20 morado
150,000 de C$ 10 centavos Color 5 aceituna
150,000 de C$ 15 centavos Color 1 verde
150,000 de C$ 20 centavos Color 15 café
150,000 de C$ 25 centavos Color 17 anaranjado
150,000 de C$ 50 centavos Color 14 café
150,000 de C$ 1.00 centavos Color 87 azul
3,500,000

SELLOS R. C. (Reconstrucción)

800,000 de 1 centavo 1 verde

SELLOS AEREOS INTERNACIONALES

500,000 de C$ 15 centavos Color 59 amarillo
150,000 de C$ 20 centavos Color P16 rojo
150,000 de C$ 25 centavos Color 7 azul
150,000 de C$ 30 centavos( resello s/ C$ 0.50) Color 32 rojo
150,000 de C$ 35 centavos ( resello s/ C$ 0.50) Color 5 aceituna
150,000 de C$ 40 centavos( resello s/ C$ 1.00) Color 2 verde
150,000 de C$ 50 centavos Color P 3 morado
150,000 de C$ 55 centavos( resello s/ C$ 1.00) Color 9 azul
150,000 de C$ 1.00 Color 64 anaranjado
1,700,000

Arto. 3° – Al comenzar a circular esta nueva emisión quedarán, ipso facto, sin valor total y retiradas totalmente de la circulación, los sellos postales, resellados o no, que están actualmente en uso; los Administradores de Rentas de la República, tan pronto reciban y pongan al expendio los sellos de nueva factura, remitirán al Almacén General de especies Fiscales, todas sus existencias de sellos retirados para juntarse con los existentes en dicho Almacén, a fin de que se proceda a su Incineración o expendio filatélico, por medio de Tesorería General, según lo disponga el Ministerio de Hacienda.

Comuníquese – Casa Presidencial – Managua, D. N., 23 de Julio de 1936.- Brenes Jarquín. —El Secretario de Estado

Decreto Circulación 1.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XL – MANAGUA D. N. Sábado 19 de Diciembre de 1936 – N° 279

(Corregido*)AÑO XL – MANAGUA D. N. Martes 22 de Diciembre de 1936 – N° 281

N° 21

El Presidente de la Republica,

Decreta:

Art. 1° – Poner en circulación, desde el primero de Enero de 1936 (1937*), los sellos postales ordinarios y de reconstrucción a que se refiere el Decreto N° 6, del 23 de Julio del corriente año, publicado en La Gaceta N° 163, del 21 del mismo mes.

Art. 2° – Quedan desde esa fecha totalmente fuera de circulación, sin ningún valor fiscal, los que actualmente están en servicio.

Art. 3° – Los Administradores de Rentas de la República devolverán al Subdepósito de EE. FF., todas las existencias que estén en poder de ellos, al mismo tiempo quedan autorizados para cambiar dentro del término de diez días, los sellos que se hallen en manos de particulares siempre que se compruebe su legítima procedencia.

Dado en Managua. Casa Presidencial, a los diez y seis días del mes de Diciembre de mil novecientos treinta y seis —C. BRENES JARQUÍN, — El Ministro de Hacienda y Crédito Público, JOSE BENITO RAMIREZ.

Decreto Circulación 2.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLI – MANAGUA D. N. día Jueves 4 de Febrero de 1937- N° 26

N° 5

El Presidente de la Republica,

Decreta:

Art. 1°. Poner en circulación, desde el primero de Febrero del corriente año, los Sellos Aéreos Internacionales a que se refiere el Decreto No. 5, del 23 de julio de 1936, publicado en La Gaceta No. 163, del 27 del mismo mes.

Art. 2°. Desde el 15 del mismo mes de Febrero, quedarán totalmente fuera de circulación, y sin ningún valor fiscal, los que actualmente están en servicio.

Art. 3°. Los Administradores de Rentas quedan autorizados para cambiar dentro del término de diez días, después del 15 del citado mes de Febrero, los sellos que se hallen en poder de particulares, siempre que se compruebe su legítima procedencia; al mismo tiempo, una vez recogida dicha especie junto con las existencias que tengan guardadas, la devolverán al Subdepósito de Especies Fiscales.

Dado en Managua, en la Casa Presidencial, a los veintinueve días del mes de Enero de mil novecientos treinta y siete. A. SOMOZA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público. JOSE BENITO RAMIREZ.

  • *El decreto en mención era el número 6.

Decreto Ampliación de Plazo.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XLI – MANAGUA D. N. día Jueves 11 de Febrero de 1937- N° 32

N° 6

El Presidente de la Republica,

Considerando:

Que el término de diez días señalado en el Decreto de 16 de diciembre ppdo.,para cambiar las especies postales que estaban en circulación antes de ponerse en servicio la nueva emisión, fue muy limitado,

Decreta:

Art. 1° Prorrogase hasta el 15 del corriente el cambio de los sellos postales ordinarios y R. de C. que quedaron fuera de circulación el primero de Enero del corriente año, conforme Decreto No. 21, del 16 de Diciembre de 1936.

Art. 2°. Los Administradores de Rentas quedan autorizados para cambiar los sellos que les presenten al ser comprobada su legitima procedencia.

Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los dos días del mes de Febrero de mil novecientos treinta y siete. A. SOMOZA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Benito Ramírez».

Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Datos de la Serie Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Impresor : American Bank Note CO. N.Y.
Técnica Impresión : Rebaje
Decreto: 1de Febrero de 1937
Fecha de Emisión : Michel : 1 de Enero de 1937
S & G : 1937
Scott: 1 de Enero de 1937
Y & T : 1936
Maxwell : 1 de Enero de 1937

Cantidades, Dentado, Dimensiones y Color, Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Sellos Cantidad Emitida Tipo Valor Facial Dentado Dimensiones mm Color
Alto Ancho
200,000 Correos Sellos ½ centavo 12 26 31 AA negro
900,000 Correos Sellos 1 centavo 12 26 31 32 rojo
900,000 Correos Sellos 2 centavos 12 26 31 9 azul
150,000 Correos Sellos 3 centavos 12 26 31 11 café
150,000 Correos Sellos 4 centavos 12 26 31 62 amarillo
150,000 Correos Sellos 5 centavos 12 26 31 P 16 rojo
150,000 Correos Sellos 6 centavos 12 26 31 20 morado
150,000 Correos Sellos 10 centavos 12 26 31 5 aceituna
150,000 Correos Sellos 15 centavos 12 26 31 1 verde
150,000 Correos Sellos 20 centavos 12 26 31 15 café
150,000 Correos Sellos 25 centavos 12 26 31 17 anaranjado
150,000 Correos Sellos 50 centavos 12 26 31 14 café
150,000 Correos Sellos 1.00 córdoba 12 26 31 87 azul

Catalogación de la Serie Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
½ cts. 779 912 652 664 824 B370101
1 cts. 780 913 653 665 825 B370102
2 cts. 781 914 654 666 826 B370103
3 cts. 782 915 655 667 827 B370104
4 cts. 783 916 656 668 828 B370105
5 cts. 784 917 657 669 829 B370106
6 cts. 785 918 658 670 830 B370107
10 cts. 786 919 659 671 831 B370108
15 cts. 787 920 660 672 832 B370109
20 cts. 788 921 661 673 833 B370110
25 cts. 789 922 662 674 834 B370111
50 cts. 790 923 663 675 835 B370112
1.00 C$ 791 924 664 676 836 B370113

Valoración de la Serie Palacio Nacional y Catedral de León Serie 1937.