B3607 – Series Palacio y Aviones – Sobrecargados 1936 (Decreto / 16 y 17).

B3607 – Series Palacio y Aviones – Sobrecargados 1936 (Decreto / 16 y 17).

Decreto Emisión 1.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XL – MANAGUA D. N. Jueves 22 de Octubre de 1936 – N° 232

N° 16

El Presidente de la Republica,

Considerando:

Que están por terminarse las existencias de sellos postales de C$ 0.005, C$ 0.01 y C$ 0.02, lo mismo que las de sellos postales R. de C. de C$ 0.01 y sellos aéreos internacional los de $ 0.15, habiendo en cambio existencias de otros valores superiores que tienen poco consumo; e imponiéndose la necesidad de hacer la debida provisión para abastecer a las Administraciones de Rentas de la República,

Decreta:

Art. 1° – Usándose tinta roja, mandar a desvalorizar y resellar en los talleres de la Imprenta Nacional, las siguientes cantidades y valores de sellos postales, timbres telegráficos R. de C. y sellos aéreos internacionales, de conformidad con el siguiente detalle:

SELLOS POSTALES

50,000 sellos de C$ 0.10 c/u para convertirlos a C$ 0.005
100,000 sellos de C$ 0.20 c/u para convertirlos a C$ 0.01
100,000 sellos de C$ 0.25 c/u para convertirlos a C$ 0.02

TIMBRES TELEGRAFICOS R. C.

100,000 Timbres de C$ 0.05 c/u para convertirlos en sellos postales R. de C. C$ 0.01

SELLOS AEREOS INTERNACIONALES

23,400 sellos de C$ 0.50 c/u para convertirlos a C$ 0.15
23,400 sellos de C$ 1.00 c/u para convertirlos a C$ 0.15

Art. 2° – También a 39,200 sellos postales R. de C. de C$ 0.01r c/u., que se hallan en el Almacén General de Especies Fiscales se les pondrá la marquilla 1936 en tinta roja.

Art 3° – —Para el debido control, los sellos postales internacionales y R. de C, así desvalorizados, llevarán además de impreso su valor respectivo, colocado en el lugar acostumbrado, la marquilla 1936, también en tinta roja.

Art. 4° – Una vez que estas especies están desvalorizadas y reselladas conforme el detalle de los Artos. 1° y 2° del presente Decreto, serán puestas al expendio público.

Dado en Managua, en la Casa Presidencial, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos treinta y seis.— C. Brenes Jarquín.—El Ministro de Hacienda , y Crédito Público,—José Benito Ramírez

Decreto Emisión 2.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XL – MANAGUA D. N. Jueves 29 de Octubre de 1936 – N° 238

N° 17

El Presidente de la Republica,

Decreta:

Único: Que en vez de los 50,000 sellos postales de C$ 0.10 que ordena el Decreto N° 16 del 19 del corriente desvalorizar para ser convertidos en sellos postales de medio centavo , se tomaran 50,000 sellos postales de C$ 0.15 para ser desvalorizados en el mismo valor de medio centavo. La razón de este cambio es que en el sello de 0.15 queda más clara la leyenda de la desvalorización.

Dado en Managua, en la Casa Presidencial, a los veintidós días del mes de octubre de mil novecientos treinta y seis.— C. Brenes Jarquín.—El Ministro de Hacienda y Crédito Público,—José Benito Ramírez

Datos de la Serie.

Impresor : Imprenta Nacional
Técnica Impresión : Sobrecarga Tinta Negra
Fecha de Emisión : Michel : Diciembre 1936
S & G : 1936
Scott: 1936
Y & T : 1936
Maxwell :

Datos de la Sobrecarga.

Sellos Cantidad Emitida Cantidad Sobrecarga Sobrecarga Valor Facial Original Valor Facial Sobrecarga
50,000 1936

Vale

Medio Centavo

15 centavos Medio centavo
100,000 1936

Vale

Un Centavos

20 centavos Uno centavo
100,000 1936

Vale

Dos Centavos

25 centavos Dos centavos
23,400 1936

Vale

Quince Centavos

50 centavos 15 centavos
23,400 1936

Vale

Quince Centavos

1.00 córdoba 15 centavos

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
½ cts. 749 888 631 641 813 B360701
1 cts. 753 893 637 642 817 B360702
2 cts. 757 898 641 643 821 B360703
(50 cts.) / 15 cts. 758 900 C 150 PA 133 811 B360704
1.00 C$ / 15 cts. 759 901 C 151 PA 134 812 B360705