B2802 – Palacio Nacional y Catedral de León – Sobrecarga – Correos 1928.

B2802 – Palacio Nacional y Catedral de León – Sobrecarga – Correos 1928.

Decreto de Emisión 1.

AMERICA CENTRAL – REPUBLICA DE NICARAGUA

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO XXXII – Sábado 26 de mayo de 1928– N° 118

El Presidente de la República,

Considerando:

Que los sellos de Correos que actualmente existen resellados con las leyendas 1927 Y 1928, no prestan las debidas garantías a la Hacienda Pública, y a salvaguardia de los intereses fiscales se hace necesario retirarlos de la circulación,

Decreta

1°.- A partir del 15 de junio próximo quedarán sin ningún valor las especies mencionadas y serán cambiadas por las que el Gobierno situé en Tesorería General y Administraciones de Rentas de la República. Los patentados que conserven existencias de éstas especies, están en la obligación de presentarse a las oficinas respectivas para efectuar el cambio. Los particulares que conserven existencias y no puedan legitimar su procedencia legal sufrirán las penas que impone la Ley de Papel Sellado y Timbres, de 1927 a los defraudadores.

2° Ministerio de Hacienda se encargará de mandar a resellar, a la mayor brevedad posible en la Imprenta Nacional, con las garantías debidas, las especies que a continuación se detallan:

Con la inscripción de Correos 1928, las siguientes:

537,300 sellos postales de 1/2 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
100,000 sellos postales de 1 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
374(*) sellos postales de 2 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
58,014 sellos postales de 4 centavos convertirlos en 58.014 de 0.02 cada uno.
30,000 sellos postales de 3 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
30,000 sellos postales de 4 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
120,000 sellos postales de 5 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
30,004 sellos postales de 6 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
120,000 sellos postales de 10 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
30,000 sellos postales de 15 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
20,900 sellos postales de 20 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
31,200 sellos postales de 25 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
40,000 sellos postales de 50 centavos existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.
3,000 sellos postales de 1.00 córdobas existentes sin resellar en el Almacén de Especies Fiscales.

3°.- Los sellos postales que queden en existencia, después de tomarse las cantidades arriba anotadas, en el Almacén de Especies Fiscales, y las que se reciban en cambio de las emitidas o reselladas por el presente acuerdo, serán empacadas, reselladas y lacreadas, levantándose una acta para mientras el Gobierno dispone lo conveniente.

Comuníquese — Palacio Nacional – Managua, 24 de mayo de 1928. Adolfo Díaz. El Ministro de Hacienda – R. López C.

Decreto de Emisión 2.

Este decreto fue Transcrito por Salvador Castellón Morales el 6/9/1959 de la Memoria de Hacienda y Crédito Público de 1928. Sec. Decretos y Acuerdos, Página 47.

El Presidente de la República,

Considerando: Que por decreto ejecutivo de 24 de mayo último, se dispuso que, a partir del 15 del corriente, quedarían sin valor los sellos de junio llevaran la inscripción «Correos 1928»,

Considerando: Que las oficinas fiscales de Managua, León, Chinandega, Masaya, Carazo y Granada, fueron provistas de los sellos necesarios para atender las exigencias del público, no sucediendo lo mismo con las correspondientes a Rivas Chontales, Matagalpa, Jinotega, Estelí, Nueva Segovia y Bluefields, en razón de lo dificultoso de las vías de transporte, cuyos pedidos no fueron despachados sino hasta el 13 del corriente,

Decreta:

UNICO: Tomando en cuenta el término de la distancia regular que hay entre Managua y los Departamentos de Rivas, Chontales, Matagalpa, Jinotega, Estelí, Nueva Segovia y Bluefields, y mientras llegan a su destino los pedidos de especies postales con la leyenda «Correos – 1928» enviados el 13 del mes en curso por el Almacén Central de Especies Fiscales, pueden continuar usándose en dichos Departamentos los sellos postales que aparezcan con la distinción «1928», teniendo cuidado especial los respectivos Administradores de Rentas de poner en circulación los que lleven la leyenda «Correos – 1928» en cuanto lleguen a poder de ellos, para lo cual también se les impone la estricta obligación de dar los avisos del caso al Ministerio de Hacienda.

Dado en el Palacio del Ejecutivo en Managua, a los 15 días del mes de junio de mil novecientos veintiocho – ADOLFO DIAZ – El Ministro de Hacienda – R. López C.

Decreto de Emisión 3.

Este decreto fue Transcrito por Salvador Castellón Morales el 7/9/1959 de la Memoria de Hacienda y Crédito Público de 1928. Sec. Decretos y Acuerdos, Páginas 55/56.

El Presidente de la República,

Considerando: Que por decreto ejecutivo de 15 de Junio pasado se concedió una prórroga para seguir usando las especies postales marcadas con la leyenda «1928», en vez de las que llevarían la inscripción «Correos 1928», en los Departamentos de Rivas, Chontales, Matagalpa, Jinotega, Estelí, Nueva Segovia y Bluefields;

Considerando: Que la Tesorería General por medio del Almacén de Especies Fiscales abasteció a las oficinas antes citadas desde el 13 de junio de este año, de sellos de correos, de acuerdo con lo dispuesto por el decreto de 24 de mayo último; y estimándose suficiente el término especial que se concedió para que tales especies llegasen a sus destinos en su oportunidad; y por otra parte los sellos de reconstrucción y los timbres fiscales nuevamente resellados ya están en circulación por nuevas remesas hechas por el Almacén,

Decreta:

UNICO:- Desde esta fecha considérense sin ningún valor en toda la República los sellos postales que no lleven la inscripción «Fiscales-Resello 1928», así como los sellos de Reconstrucción que no vayan señalados con la marquilla «Resello de 1928».

Dado en Managua el día cuatro de agosto de mil novecientos veintiocho –

ADOLFO DIAZ – El Ministro de Hacienda – R. López C.

Datos de la Serie.

Impresor : Imprenta Nacional

American Bank Note CO. N.Y.

Técnica Impresión : Rebaje
Fecha de Emisión : Michel : 11 Junio 1928
S & G : 1928
Scott: 11 Junio 1928
Y & T : 1928
Maxwell : 11 Junio 1928

Datos de la Sobrecarga.

Sellos Cantidad Emitida Cantidad Sobrecarga Sobrecarga Valor Facial Original Valor Facial Sobrecarga
537,300 Correos

1928

½ centavo ½ centavo
100,000 1 centavo 1 centavo
¿374 o

374,000?

2 centavos 2 centavos
58,014 Correos

1928

Vale 2 Cts.

4 centavos 4 centavos
30,000 Correos

1928

3 centavos 3 centavos
30,000 4 centavos 4 centavos
120,000 5 centavos 5 centavos
30,004 6 centavos 6 centavos
120,000 10 centavos 10 centavos
30,000 15 centavos 15 centavos
20,900 20 centavos 20 centavos
31,200 25 centavos 25 centavos
40,000 50 centavos 50 centavos
3,000 1 córdoba 1 córdoba

Catalogación de la Serie.

Valor Facial Catálogos
Michel S & G Scott Y & T S & W LGN
0.5 cts. 447 574 466 489 493 B280201
1 cts. 448 575 467 490 494 B280202
2 cts.
4 cts. /2 cts. 459 586 479 502 505 B280203
3 cts. 449 576 468 491 495 B280204
4 cts. 410 577 469 492 496 B280205
5 cts. 411 578 470 493 497 B280206
6 cts. 412 579 471 494 498 B280207
10 cts. 413 580 472 495 499 B280208
15 cts. 414 581 473 496 500 B280209
20 cts. 415 582 474 497 501 B280210
25 cts. 416 583 475 498 502 B280211
50 cts. 417 584 476 499 503 B280212
1 C$ 418 585 477 500 504 B280213
Nota: (*) en el decreto aparecen 374, Castellón Morales cotejo esta información con la Memoria del Ministerio de Hacienda, donde aparecen 374,000 lo cual no parece ser lo correcto , considerando que se sobrecargaron sellos de 4 centavos con valor de 2 centavos.

Nota: El sello de 2 cts. con resello “Correos 1928” los catálogos no lo tienen referenciado y el catálogo Maxwell tiene una nota donde expresa que su existencia es cuestionable.