B8002 – Sir Rowland Hill-Reformador del Sistema Postal.

B8002 – Sir Rowland Hill-Reformador del Sistema Postal.

Sellos, Motivos y Cantidades por Valor Facial.

Sobrecarga

Motivo Sello Valor C$ Cantidades Emitidas
Rojo Plata Rojo Plata
Mensajero Indígena 0.20 C$ 152,500 152,500
Correo a Caballo 0.35 C$ 152,500 152,500
Cubierta Precursora del Servicio Postal 1.00 C$ 152,500 152,500
Sir Rowland Hill 1.80 C$ 152,500 152,500
Bloque de Seis Sellos » Penique Negro 2.20 C$ 27,500 27,500
Cubierta Zeppelin 5.00 C$ 27,500 27,500
Medios de Transporte del Correo y Sobre Franqueado Zeppelin 20.00 C$ 21,000 21,000
Sello de la primera Emisión de Nicaragua y Emisión dedicada a Sir Rowland Hill

Decreto de Emisión I.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXXXIII – Managua, D.N., Viernes 4 de Mayo de 1979 – N° 97

AUTORIZASE IMPRESIÓN DE SELLOS POSTALES «SIR ROWLAND HILL – REFORMADOR DEL SISTEMA POSTAL»

N°. 16

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus facultades,

Considerando:

Las necesidades postales y filatélicas del presente año:

Considerando:

Que en este año de 1979 se cumple el Primer Centenario de la muerte de Sir Rowland Hill, inventor del sello postal y reformador del sistema postal, en cuyo reconocimiento y conmemoración de este suceso,

Decreta:

Artículo 1.- Se autoriza la impresión y circulación de una emisión de sellos postales con el motivo atrás considerado y denominada «Sir Rowland Hill – Reformador del Sistema Postal”.

Artículo 2.- Esta emisión consta de seis estampillas con un tiraje de Un Millón Quinientos Setenta Mil (1,570,000) sellos perforados en sus contornos con un valor facial total de Un Millón Ochocientos Treinta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta Córdobas Netos (C$1,839,750.00) y Veinte y Tres Mil Quinientas (23,500) hojitas miniaturas, perforadas (21,000) e imperforadas (2,500) con valor facial total de Trescientos Cincuenta y Dos Mil Quinientos Córdobas Netos (C$ 352,500.00), distribuidos en los valores y cantidades siguientes:

345,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 69,000.00
345,000 0.35 120,750.00
345,000 1.00 345,000.00
345,000 1.80 621,000.00
95,000 2.20 209,000.00
95,000 5.00 475,000.00
1,570,000 C$ 1,839,750.00
21,000 H.M.Perforadas 15.00 315,000.00
2,500 H.M.Imperf. 15.00 37,500.00
23,500 C$ 351,500.00

Artículo 3.- Los valores de 20 centavos, 35 centavos y 1.00 córdoba serán de la denominación «Correo» y los valores de 1.80, 2.20 y 5.00 córdobas de la denominación «Aéreo» lo mismo que el sello de C$ 15.00 de las hojitas miniaturas, y podrán usarse indistintamente en el franqueo de ambos servicios, y se distribuirán de la siguiente manera:

Telcor recibirá la cantidad de Un Millón Trescientas Mil (1,300,000) estampillas con valor total de Un Millón Trescientos Sesenta y Cinco Mil Córdobas Netos (1,365,000.00); Oficina Filatélica recibirá la cantidad de Treinta Mil (30,000) estampillas con valor total de Cincuenta y Dos Mil Setecientos Cincuenta Córdobas Netos (C$ 52.750.00) y Un Mil Quinientas (1,500) hojitas miniaturas con valor total de Veinte y Dos Mil Quinientos Córdobas Netos (C$ 22,500.00), y la Inter-Governmental Philatelic Corporation, distribuidores en New York, recibirán Doscientas Cuarenta Mil (240,000) estampillas con valor total de Cuatrocientos Veinte y Dos Mil Córdobas Netos (C$ 422,000.00) y Veinte y Dos Mil (22,000) hojitas miniaturas con valor total de Trescientos Treinta Mil Córdobas (C$ 330,000.00) y conforme el siguiente detalle:

TELCOR

300,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 60,000.00
300,000 0.35 105,000.00
300,000 1.00 300,000.00
300,000 1.80 540,000.00
50,000 2.20 110,000.00
50,000 5.00 250,000.00
1,300.00 C$ 1,365,000.00

OFICINA FILATÉLICA

5,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 1,000.00
5,000 0.35 1,750.00
5,000 1.00 5,000.00
5,000 1.80 9,000.00
5,000 2.20 11,000.00
5,000 5.00 25,000.00
30,000 C$ 52,750.00
1,000 H.M.Perforadas 15.00 15,000.00
500 H.M.Imperf. 15.00 7,500.00
1,500 C$ 22,500.00

I.G.P.C. NEW YORK

40,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 8,000.00
40,000 0.35 14,000.00
40,000 1.00 40,000.00
40,000 1.80 72,000.00
40,000 2.20 88,000.00
40,000 5.00 20,000.00
240,000 C$ 422,000.00
20,000 H.M.Perforadas 15.00 300,000.00
2,000 H.M.Imperf. 15.00 30,000.00
22,000 C$ 330,000.00

Artículo 4.- El costo de impresión, diseños y gastos de transporte serán asumidos en parte proporcional a la cantidad de estampillas que le corresponda, por Telcor y Ministerio de Hacienda y C. P. (Oficina Filatélica e I.G.P.C.).

Artículo 5.- Los diseños de estas estampillas son alusivos al motivo de la emisión (efigie de Sir Rowland Hill, mensajero indígena, correo de caballo, bloque de seis sellos » Penique Negro», cubierta Zeppelin y cubierta precursora del servicio postal moderno) y el sello de la hojita reproduce el sello «Black Penny» y la primer estampilla emitida por Nicaragua; llevaran las leyendas usuales y de rigor, y se imprimirán mediante el procedimiento de Litho-Offset a colores.

Artículo. 6- Este decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los treintiún días del mes de marzo de mil novecientos setenta y nueve – (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República – (f) SAMUEL GENIE A., Ministro de Hacienda y C. P.».

Decreto de Emisión II.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXXXIII – Managua, D.N., Martes 29 de Mayo de 1979 – N° 118

DEJASE SIN EFECTO DECRETOS Nos. 15 Y 16 RELATIVO A «AÑO INTERNACIONAL DEL NIÑO» Y EMISIÓN DE SELLOS POSTALES «SIR ROWLAND HILL-REFORMADOR DEL SELLO POSTAL»

N°. 33

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

en uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1.- Dejase sin efecto los Decretos N°. 15 de 31 de marzo de 1979 relativo a la emisión de sellos postales denominada «Año Internacional del Niño» y N°. 16 del 31 de marzo de 1979 relativo a la emisión de sellos postales denominada «Sir Rowland Hill – Reformador del Sello Postal», debido a cambios sustanciales que es preciso hacerles en valores y cantidades, que ameritan sustituirlos respectivamente por nuevos Decretos.

Artículo 2.- Publíquese en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los dieciocho días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve. (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Samuel Genie A., Ministro de Hacienda y C.P.

Decreto de Emisión III.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO LXXXIII – Managua, D.N., Jueves 07 de junio de 1979 – N° 126

AUTORIZASE NUEVA IMPRESIÓN DE SELLOS POSTALES «SIR ROWLAND HILL – REFORMADOR DEL SISTEMA POSTAL»

N°. 35

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus facultades,

Considerando:

Las necesidades Postales y Filatélicas del Presente año:

Considerando:

Que en este año de 1979 se cumple el Primer Centenario de la Muerte de «Sir Rowland Hill», inventor del Sello Postal y Reformador del Sistema Postal, en cuyo reconocimiento y conmemoración de este suceso,

Decreta:

Artículo 1.- Se autoriza la impresión y circulación de una emisión de Sellos Postales con el motivo atrás considerado y denominada «Sir Rowland Hill – Reformador del Sistema Postal».

Artículo 2.- Esta emisión consta de seis estampillas con un tiraje de un millón quinientos setenta mil (1.570,000) sellos perforados en sus contornos con un valor facial total de Dos Millones Setecientos Ochenta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta Córdobas Netos (C$ 2.789,750.00) y veintitrés mil quinientos (23,500) hojitas miniaturas, perforadas (21,000) e imperforadas (2,500) con valor facial total de Cuatrocientos Setenta Mil Córdobas Netos (C$ 470,000.00), distribuidos en los valores y cantidades siguientes:

345,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 69,000.00
345,000 0.35 120,750.00
345,000 1.00 345,000.00
345,000 1.80 621,000.00
95,000 2.20 209,000.00
95,000 15.00 1,475,000.00
1,570,000 C$ 1,839,750.00
21,000 H.M.Perforadas 20.00 420,000.00
2,500 H.M.Imperf. 20.00 50,500.00
23,500 C$ 470,500.00

Artículo 3.- Los valores de 20 Centavos, 35 Centavos y 1.00 Córdoba, serán de la denominación «Correo» y los valores de C$ 1.80, C$ 2.20 y C$ 15.00, de la denominación «Aéreo» lo mismo que el sello de C$ 20.00 de las hojitas miniaturas, y podrán usarse indistintamente en el franqueo de ambos servicios, y se distribuirán de la siguiente manera:

TELCOR recibirá la cantidad de un millón trescientas mil (1.300,000) estampillas con valor total de Un Millón Ochocientos Sesenta y Cinco Mil Córdobas (C$ 1.865,000.00); Oficina Filatélica recibirá la cantidad de treinta mil (30,000) estampillas con valor total de Ciento Dos Mil Setecientos Cincuenta Córdobas Netos (C$ 102,750.00) y un mil quinientas (1,500) hojitas miniaturas con valor total de Treinta Mil Córdobas Netos (C$ 30,000.00) y la Inter-Governmental Philatelic Corporation, distribuidores en New York, recibirán doscientas cuarenta mil (240,000) estampillas con valor total de Ochocientos Veintidós Mil Córdobas Netos (C$ 822,000.00) y veintidós mil (22,000) hojitas miniaturas con valor total de Cuatrocientos Cuarenta Mil Córdobas Netos (C$ 440,000.00), conforme el siguiente detalle:

TELCOR

300,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 60,000.00
300,000 0.35 105,000.00
300,000 1.00 300,000.00
300,000 1.80 540,000.00
50,000 2.20 110,000.00
50,000 15.00 750,000.00
1,300.00 C$ 1,865,000.00

OFICINA FILATÉLICA

5,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 1,000.00
5,000 0.35 1,750.00
5,000 1.00 5,000.00
5,000 1.80 9,000.00
5,000 2.20 11,000.00
5,000 15.00 75,000.00
30,000 C$ 102,750.00
1,000 H.M.Perforadas 20.00 20,000.00
500 H.M.Imperf. 20.00 10,000.00
1,500 C$ 30,000.00

I.G.P.C. NEW YORK

40,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 8,000.00
40,000 0.35 14,000.00
40,000 1.00 40,000.00
40,000 1.80 72,000.00
40,000 2.20 88,000.00
40,000 15.00 600,000.00
240,000 C$ 822,000.00
20,000 H.M.Perforadas 20.00 400,000.00
2,000 H.M.Imperf. 20.00 40,000.00
22,000 C$ 440,000.00

Artículo 4.- El costo de Impresión, diseños y gastos de transporte serán asumidos en parte proporcional a la cantidad de estampillas que le corresponda, por TELCOR y Ministerio de Hacienda y C. P. (Oficina Filatélica e I.G.P.C.).

Artículo 5.- Los diseños de estas estampillas son alusivos al motivo de la emisión (efigie de Sir Rowland Hill, mensajero indígena, correo de caballo, bloque de seis sellos «Penique Negro», cubierta Zeppelin y cubierta precursora del servicio postal moderno) y el sello de la hojita reproduce el sello «Black Penny» y la primer estampilla emitida por Nicaragua; llevarán las leyendas usuales y de rigor, y se imprimirán mediante el procedimiento de Litho-Offset a colores.

Artículo 6.- Este Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la «Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los dieciocho días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve. -(f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. – (f) SAMUEL GENIE A., Ministro de Hacienda y C.P.

Decreto de Emisión IV.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO DE LA ALFABETIZACION

AÑO LXXXIV – Managua, Martes 19 de Febrero Julio de 1980 – N° 42

SELLOS POSTALES. DENOMINACIÓN “SIR ROWLAND HILL-REFORMADOR DEL SISTEMA POSTAL”

N°. 304

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

Decreta:

Único: Aprobar y publicar lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas en el Acuerdo que íntegramente dice: «El Ministerio de Finanzas, en uso de sus facultades Legales,

Considerando:

Las necesidades postales y Filatélicas del presente año,

Acuerda:

Que en este año de 1979, se cumple el Primer Centenario de la muerte de Sir Rowland Hill, inventor del sello postal y reformador del sistema postal, en cuyo reconocimiento y conmemoración de este suceso,

Decreta:

Artículo 1.- Se autoriza la impresión de una emisión de sellos postales con el motivo atrás considerado y denominado «Sir Rowland Hill – Reformador del Sistema Postal».

Artículo 2.- Esta emisión consta de seis estampillas con un tiraje de un millón quinientos setenta mil (1.570,000) Sellos perforados en sus contornos con un valor facial total de Un Millón Ochocientos Treinta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta Córdobas (C$ 1.839,750.00), y veinte y tres mil quinientos (23,500) hojitas miniaturas, perforadas (21,000) e imperforadas (2,500) con valor facial total de Cuatrocientos Setenta Mil Córdobas Netos (C$ 470,000.00) distribuidos en los valores y cantidades siguientes:

345,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 69,000.00
345,000 0.35 120,750.00
345,000 1.00 345,000.00
345,000 1.80 621,000.00
95,000 2.20 209,000.00
95,000 5.00 475,000.00
1,570,000 C$ 1,839,750.00
21,000 H.M.Perforadas 20.00 420,000.00
2,500 H.M.Imperf. 20.00 50,000.00
23,500 C$ 470,000.00

Artículo 3.- Los valores de 20 cts., 35 cts. y C$ 1.00 Córdoba, serán de la denominación «Correo» y los valores de C$ 1.80, C$: 2.20 y C$ 5.00 Córdobas de la denominación «Aéreo» lo mismo que los sellos de C$ 20.00 de las hojas miniaturas y podrán usarse indistintamente en el franqueo de ambos servicios, y se distribuirán de la siguiente manera:

TELCOR

Recibirá la cantidad de un millón trescientas mil (1.300,000) estampillas con valor total de Un Millón Trescientos Sesenta y Cinco Mil Córdobas Netos (C$ 1.365,000.00).

OFICINA FILATÉLICA

Recibirá la cantidad de doscientas setenta mil (270,000) estampillas con valor total de Cuatrocientos Setenta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta Córdobas Netos (C$ 474,750.00) y veintitrés mil quinientas hojas miniaturas (23,500), veintiún mil (21,000) perforadas y dos mil quinientas (2,500) imperforadas con valor total de Cuatrocientos Setenta Mil Córdobas Netos (C$ 470,000.00) y conforme la siguiente distribución:

TELCOR

300,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 60,000.00
300,000 0.35 105,000.00
300,000 1.00 300,000.00
300,000 1.80 540,000.00
50,000 2.20 110,000.00
50,000 5.00 250,000.00
1,300,000 C$ 1,365,000.00

OFICINA FILATÉLICA

45,000 estampillas de C$ 0.20 C$ 9,000.00
45,000 0.35 15.750.00
45,000 1.00 45,000.00
45,000 1.80 81,000.00
45,000 2.20 99,000.00
45,000 5.00 225,000.00
270,000 C$ 470,750.00
21,000 H.M.Perforadas 20.00 420,000.00
2,500 H.M.Imperf. 20.00 50,000.00
23,500 C$ 470,000.00

Artículo 4.- El costo de impresión, diseños y gastos de transporte, serán asumidos en parte proporcional a la cantidad de estampillas que les corresponda, por TELCOR y Ministerio de Finanzas (Oficina Filatélica).

Artículo 5.- Los diseños de estas estampillas, son alusivos al motivo de la emisión (esfinge de Sir Rowland Hill), mensajero indígena, correo de caballo, bloque de seis sellos «Penique Negro», cubierta Zeppelin y cubierta precursora del servicio postal moderno y el sello de la hojita de C$ 20.00 perforada será la esfinge de Sir Rowland Hill la del mensajero indígena y la de C$ 20.00 imperforada, llevará el sello de la primera estampilla emitida por Nicaragua y la esfinge de Sir Rowland Hill y llevarán sobre impuesta la leyenda «1979-Año de la Liberación», se imprimirán mediante el procedimiento de Litho Offset a colores y las hojas miniaturas serán numeradas en secuencia numérica.

Artículo 6.- Se deroga el Decreto N° 35, publicado en «La Gaceta», Diario Oficial N°. 126 del 7 de junio de 1979.

Artículo 7.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de su fecha y deberá publicarse en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve. «Año de la Liberación Nacional». Joaquín Cuadra Chamorro, Ministro de Finanzas.

Dado en la ciudad de Managua, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos ochenta. «Año de la Alfabetización».

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. VIOLETA B. DE CHAMORRO. SERGIO RAMÍREZ MERCADO. MOISÉS HASSAN MORALES. ALFONSO ROBELO CALLEJAS. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA.

Decreto de Circulación.

REPUBLICA DE NICARAGUA – AMERICA CENTRAL

LA GACETA

DIARIO OFICIAL

AÑO DE LA ALFABETIZACION

AÑO LXXXIV – Managua, Sábado 7 de Junio de 1980 – N° 128

SELLOS POSTALES. PRIMER DÍA CIRCULACIÓN HOIITAS MINIATURAS. «SIR ROWLAND HILL. REFORMADOR DEL SISTEMA POSTAL»

DECRETO No. 428

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

Decreta:

UNICO: Aprobar y publicar lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas en el Acuerdo que íntegramente dice:

Acuerdo No. 133

El MINISTRO DE FINANZAS, en uso de sus facultades,

Acuerda:

Art.1°.-Señalar el día 3 de mayo de 1980, como Primer Día de Circulación de las hojitas miniaturas de la emisión de sellos postales «Sir Rowland Hill Reformador del Sistema Postal», autorizada mediante Decreto No. 304, publicado en «La Gaceta», Diario Oficial, No. 42 del 19 de febrero de 1980.

Art. 2°.-Todas las hojitas miniaturas de esta emisión, cuya circulación se autoriza, llevan las leyendas usuales de rigor y distintivas de «1979 Año de la Liberación», «Participación Nicaragua Olimpíadas 1980» y los Cinco Aros Olímpicos.

Art. 3°.-Mediante el presente Acuerdo, se autoriza la circulación de Veinte y Tres Mil Quinientos (23,500) hojitas miniaturas con valor facial total de Cuatrocientos Setenta Mil Córdobas Netos (C$470,000.00) conforme el detalle siguiente:

21,500 H.M. Perforadas de 20 C$ c/u C$ 420,000.00
2,500 H.M. Imperforadas de 20 C$ c/u C$ 50,000.00

Art. 4°.-EI presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de su fecha y deberá publicarse en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de mayo de mil novecientos ochenta. «Año de la Alfabetización». (Firma) William Hüpper Argüello, Ministro de Finanzas por la Ley». (Sello).

Dado en la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de mayo de mil novecientos ochenta. «Año de la Alfabetización». Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Sergio Ramírez Mercado. – Moisés Hassan Morales. – Daniel Ortega Saavedra. – Rafael Córdova Rivas. – Arturo J. Cruz.

Datos de la Serie.

Casa Impresora : Format International Security Printers Ltd.
Casa Impresora Sobrecarga Lito Nacional – Porto Portugal
Técnica Impresión : Litografía Offset
Fecha de Emisión : 07 de Abril de 1980
Cantidad Sellos por Pliego:

Sellos, Motivos y Cantidades por Valor Facial.

20.00 C$ 2,500 2,500

Existen Sellos sin sobrecarga en el mercado filatélico que se vendieron de los archivos de la Imprenta Format International Security Printers Ltd. cuando esta cerró operaciones.

Boletín Filatélico.

Tipo, Dentado, Dimensiones y Color.

Categoría Tipo Valor C$ Dentado Dimensiones mm Color
Alto Ancho
Correo Sello 0.20 C$ 14 44 29 Multicolor
Correo Sello 0.35 C$ 14 44 29 Multicolor
Correo Sello 1.00 C$ 14 29 44 Multicolor
Aéreo Sello 1.80 C$ 14 44 29 Multicolor
Aéreo Sello 2.20 C$ 14 29 44 Multicolor
Aéreo Sello 5.00 C$ 14 29 44 Multicolor
Aéreo Hoja 20.00 C$ 14 105 130 Multicolor
Aéreo Hoja 20.00 C$ Imperforada 105 160 Multicolor

Catalogación de la Serie.

Serie Resellada en ROJO

Valor C$ Catálogos
Michel S & G Michel Y & T S & W LGN
0.20 2085 A 2214 1102 L 1128 2140 B800201
0.35 2086 A 2215 1102 M 1129 2141 B800202
1.00 2087 A 2216 1102 N 1130 2142 B800203
1.80 2088 A 2217 1102 C PA937 2143 B800204
2.20 2089 A 2218 1102 D PA938 2144 B800205
5.00 2090 A 2219 1102 E PA939 2145 B800206

Serie Resellada en PLATA

Valor C$ Catálogos
Michel S & G Michel Y & T S & W LGN
0.20 2085 B 1102 1128 A B800207
0.35 2086 B 1102 A 1129 A B800208
1.00 2087 B 1102 B B800209
1.80 2088 B 1102 O PA937 A B800210
2.20 2089 B 1102 P PA938 A B800211
5.00 2090 B 1102 Q PA939 A B800212

Hojas Filatélicas

Valor C$ Catálogos
Michel S & G Michel Y & T S & W LGN
(SH) 20.00 B800213
(P) 20.00 BL 111 MS 2220 C 970 J 2160 B800214
(I) 20.00 BL 112 C 970 I 2161 B800215

Existen Sellos sin sobrecarga en el mercado filatélico que se vendieron de los archivos de la Imprenta Format International Security Printers Ltd. cuando esta quebró.